Derecho Deportivo Colombiano
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DECRETO 1085 DE 2015

(mayo 26)

Diario Oficial No. 49.523 de 26 de mayo de 2015

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, RECREACIÓN LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE

Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte.

DECRETA:

LIBRO 2.

RÉGIMEN REGLAMENTARIO DEL SECTOR DEPORTE.

PARTE 1.

POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES SOBRE ORGANIZACIÓN DEPORTIVA EN EL PAÍS.

TÍTULO 1.

ARTÍCULO 2.1.1.2. RECONOCIMIENTO. Para que el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del tiempo Libre (Coldeportes), reconozca oficialmente las organizaciones de que trata el artículo anterior, los interesados deben presentar los siguientes documentos:

  1. Copia del Acta de Constitución o de la última Acta en la cual conste la elección del actual órgano de administración.
  2. Relación de las entidades seccionales con lista de organismos afiliados y nóminas de sus Directivos.
  3. Copia de sus Estatutos y Reglamentos.
  4. Documentos donde conste el reconocimiento de la personería jurídica.
  5. Documentos donde conste la afiliación internacional, si la hubiere.
  6. Inventario de bienes.
  7. Copia del acta donde se haya designado la sede de la entidad.

(Decreto 1387 de 1970, artículo 3o)