DECRETO 2535 DE 1.993
Por el cual se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
DECRETA:
TITULO III
PERMISOS
CAPITULO I
DEFINICION, CLASIFICACION, EXCEPCIONES Y COMITE DE ARMAS
ARTICULO 30. AUTORIZACION PARA INSTALACION DE POLIGONOS.
La instalación de polígonos para tiro, requiere autorización del Comando General de las Fuerzas Militares, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Gobierno Nacional.