Derecho Deportivo Colombiano
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RESOLUCIÓN 1666 DE AGOSTO 19 DE 1997

 

Por el cual se establece el número mínimo de clubes promotores que se podrán constituir en los diferentes municipios, atendiendo su categoría

 

 

ARTICULO PRIMERO.- Establecer el número mínimo de clubes promotores que se podrán constituir en los municipios, atendiendo su categorización de acuerdo a la clasificación que de los mismos hace la Ley 136 de 1994 (ENTIENDASE LA LEY 617 DE 2.000, así:

 

Para los Municipios de Categoría Especial, Primera y Segunda Categoría un (1) club promotor por Comuna y un (1) club promotor por Corregimiento.

 

PARAGRAFO.- En el caso del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, se podrá conformar un (1) club promotor por cada Localidad.