Derecho Deportivo Colombiano
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RESOLUCIÓN 231 DE 2011

(Marzo 23)

Publicada en  Diario Oficial el 23 de julio.

INSTITUTO COLOMBIANO DEL DEPORTE

Por la cual se reglamentan los requisitos que deben cumplir los Clubes Deportivos y Promotores para su funcionamiento.

 

 

ARTÍCULO 12. ACTA DE CONSTITUCIÓN: En el Acta de constitución del Club Deportivo o Promotor debe constar, como mínimo, lo siguiente:

1. Lugar, fecha y hora de la reunión.

2. Nombre de los fundadores del club, debidamente identificados, precisando si se trata de afiliados deportistas.

3. Nombre del Club, objeto y domicilio.

4. Aprobación de los estatutos.

5. Elección del Órgano de Administración, según corresponda a un Presidente o responsable o a un Órgano Colegiado, caso en el cual se elegirán el número de miembros que lo conforman de acuerdo a lo aprobado en los estatutos.

6. Elección del Órgano de Control, si fue aprobado en los estatutos. Si se aprobó revisoría fiscal deben ser los elegidos contadores públicos.

7. Elección de dos miembros de la Comisión Disciplinaria del Club.

8. Aprobación del valor de las cuotas de afiliación y de sostenimiento.

 

PARÁGRAFO 1º- En el acta de constitución de los Clubes Promotores, se deberá dejar constancia que el club fue promovido por el Ente Deportivo Municipal a que se refiere la Ley 181 de 1995 o quien haga sus veces de conformidad con el artículo 75 de la Ley 617 de 2000 y se relacionarán los deportes que practican los deportistas que lo están conformando.

 

PARÁGRAFO 2º- Los Clubes Deportivos que se conformen en las entidades que sin ser deportivas manejen deportes, mencionadas en el parágrafo del artículo 2o del Decreto-ley 1228 de 1995, no requieren acta de constitución.