Derecho Deportivo Colombiano
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DEROGADO POR EL DECRETO 4183 DE 2.011, EN SU ARTÍCULO 32:

 

DECRETO 4183 2011- Artículo 32. Vigencia y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2743 de 1968 y el Decreto 215 de 2000 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

 

 

DECRETO 215 DE FEBRERO 15 DE 2000

“Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, y se dictan otras disposiciones.”

CAPITULO III

DISPOSICIONES VARIAS

 

Artículo 12.- Atribuciones de los funcionarios de la planta actual.

Los funcionarios de la Planta de Personal actual del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, continuarán ejerciendo las atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto sea adoptada la nueva planta de personal del Instituto de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior.

 

Artículo 13.- Vigencia.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 1230 de 1995.