LEY 845 DE 2003
(octubre 21)
por la cual se dictan normas de prevención y lucha contra el dopaje, se modifica la Ley 49 de 1993 y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
T I T U L O I
CAPITULO IV
Sujetos
Artículo 17. Otros responsables. Además de lo dispuesto en el artículo anterior, las disposiciones contempladas en la presente ley serán aplicadas a quienes faciliten, suministren y/o inciten a la práctica del dopaje y obstaculicen su control, tales como entrenadores, directores técnicos, personal paramédico (fisioterapeutas, deportólogos, odontólogos, kinesiólogos, masajistas, terapeutas alternativos), árbitros, preparadores físicos, administradores deportivos y demás personas vinculadas a las correspondientes disciplinas deportivas.