LEY 812 DE 2003
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2002-2006
ARTÍCULO 83. EDUCACIÓN FÍSICA Y CENTROS DE FORMACIÓN DEPORTIVA. El Gobierno Nacional institucionalizará el programa para el desarrollo de la educación física y fortalecerá e implementará los programas de centro de educación física y centros de iniciación y formación deportiva. Se autoriza al Gobierno Nacional a apoyar la realización de los Juegos del Litoral Pacífico 2002-2006.