Derecho Deportivo Colombiano
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ARTICULO 43° RECURSOS: Sin perjuicio de las facultades de inspección, vigilancia y control definidas en este decreto

y la veeduría deportiva que los reglamentos establezcan, el giro de los recursos que se asignen a los entes territoriales y a los organismos del deporte asociado, esta sujeto a la elaboración del Plan Nacional del Deporte, la Recreación y la Educación Física que la Junta Directiva de Coldeportes apruebe, conforme a la Ley 181 de 1995.