DECRETO 1355 DE 1970
(Agosto 04)
"Por el cual se dictan normas sobre Policía"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confirió la ley 16 de 1968 y atendido el concepto de la comisión asesora establecida en ella,
DECRETA:
De los espectáculos
ARTICULO 139.- El recaudo de impuesto o gravámenes que se causen por la celebración de espectáculos o sobre el precio de las boletas se regirá por las disposiciones nacionales o locales sobre la materia.