DECRETO 3888 DE OCTUBRE 10 DE 2007
Por el cual se adopta el Plan Nacional de Emergencia y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público y se conforma la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia,
DECRETA:
Artículo 21. Instrucciones en caso de emergencia.
El empresario organizador de un evento de afluencia masiva de público y los medios de comunicación que participen en su transmisión, deben divulgar antes y durante su desarrollo, instrucciones acerca de cómo comportarse en caso de presentarse una emergencia.