DECRETO 3888 DE OCTUBRE 10 DE 2007
Por el cual se adopta el Plan Nacional de Emergencia y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público y se conforma la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia,
DECRETA:
Artículo 23. Responsabilidades.
La ocurrencia de accidentes, emergencias y desastres en eventos de afluencia masiva de público por el incumplimiento de lo establecido en el presente decreto, dará lugar a la apertura de los correspondientes procesos disciplinarios, civiles y penales, sin perjuicio de las sanciones inmediatas de suspensión, revocación de licencias de funcionamiento y operación, cierre de establecimientos y prohibición hacia el futuro de realización de eventos de afluencia masiva de público a las empresas y/o sus representantes legales.