LEY 845 DE 2003
(octubre 21)
por la cual se dictan normas de prevención y lucha contra el dopaje, se modifica la Ley 49 de 1993 y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
T I T U L O I
CAPITULO I
Principios generales
Artículo 5°. Definición. Se entiende por dopaje, la administración de sustancias ajenas al organismo o la aplicación de métodos prohibidos en el deporte, con el fin de aumentar artificialmente el rendimiento de un deportista.
Se consideran prohibidas las sustancias o métodos indicados en el listado oficial del Comité Olímpico Internacional o de las Federaciones Deportivas Internacionales.