Derecho Deportivo Colombiano
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RESOLUCIÓN 0987 DE AGOSTO 22 DE 2007

 

Por medio de la cual se establece el procedimiento administrativo de las Investigaciones Administrativas adelantadas en desarrollo de las Funciones de Inspección, Vigilancia y Control.

 

El Director General del Instituto Colombiano del Deporte - Coldeportes,

 

RESUELVE:

 

Artículo 11. Decisión.

El Director General del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, una vez estudiados el/los escrito(s) de descargos del/los presunto(s) infractor(es), y practicadas las pruebas solicitadas por ellos o decretadas de oficio, proferirá resolución motivada resolviendo la actuación de fondo, conforme a lo previsto por el Artículo 35 del Código Contencioso Administrativo.

 

 

 

CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DECRETO 1 DE 1984, ARTICULO 35. ADOPCION DE DECISIONES. Habiéndose dado oportunidad a los interesados para expresar sus opiniones, y con base en las pruebas e informes disponibles, se tomará la decisión que será motivada al menos en forma sumaria si afecta a particulares.