Derecho Deportivo Colombiano
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DECRETO 380

(Febrero 8 de 1985)

 

Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2845 de 1984 y se dictan disposiciones sobre organización deportiva.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

En ejercicio de las facultades legales que le confiere el numeral 3º del artículo 120 de la constitución política.

 

DECRETA

 

 

TÍTULO II

DE LA ESTRUCT URA

CAPÍTULO II

DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN

 

ARTÍCULO 21.- Los miembros de los comités ejecutivos serán elegidos por la Asamblea por votación uninominal, quienes elegirán sus dignatarios, uno de los cuales tendrá la calidad de presidente y representante legal.