Derecho Deportivo Colombiano
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ARTICULO 17° CIRCUNSTANCIAS QUE AGRAVAN LA RESPONSABILIDAD: Se consideran como circunstancias que agravan la responsabilidad, las siguientes:

 

  1. El haber incurrido dentro de los tres años anteriores en infracciones disciplinarias graves o muy graves que dieren lugar a la aplicación de alguna sanción.
  2. El reincidir en la comisión de infracciones leves, en los 12 meses inmediatamente anteriores.
  3. El haber procedido por motivos innobles o fútiles.
  4. El haber preparado ponderadamente la infracción.
  5. El haber obrado con la complicidad de otra u otras personas.
  6. El haber cometido la infracción para ejecutar u ocultar otra.
  7. El haber intentado atribuir a otro u otros la responsabilidad de la infracción.