Derecho Deportivo Colombiano
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RESOLUCIÓN 231 DE 2011

(Marzo 23)

Publicada en  Diario Oficial el 23 de julio.

INSTITUTO COLOMBIANO DEL DEPORTE

Por la cual se reglamentan los requisitos que deben cumplir los Clubes Deportivos y Promotores para su funcionamiento.

 

 

ARTÍCULO 16. VIGENCIA RECONOCIMIENTO DEPORTIVO:  El reconocimiento deportivo será válido por el término de cinco (5) años, contados a partir de la fecha en que quede ejecutoriado el acto administrativo que lo otorga o lo renueva.

Teniendo en cuenta que la vigencia del reconocimiento deportivo no coincide con la vigencia del período de los miembros que conforman la estructura de los clubes, las autoridades a quienes les compete otorgar o renovar el reconocimiento deportivo, deben verificar el cumplimiento de los requisitos periódicamente.