DECRETO 2166
(Julio 9 de 1.986)
“Por la cual se modifica y deroga parcialmente el Decreto 515 de 1986”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLO MBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de la prevista en el numeral 3º del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- El artículo 1º. Del Decreto 515 de 1986 quedará así:
“El Gobierno Nacional promoverá todo tipo de asociación deportiva que este legalmente reconocida, sin embargo, cuando se trate de organismos deportivos que aspiran a llevar la representación nacional o seccional, solicitar la sede de competiciones o eventos deportivos nacionales o internacionales, recibir subsidios económicos gubernamentales, disfrutar de asesoría o servicios del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte “COLDEPORTES” o de las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes, los Entes deportivos Departamentales, entre otras actividades, deberán contar, además, con el reconocimiento deportivo correspondiente.