Derecho Deportivo Colombiano
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Resoluciones

NORMA DEROGADA POR LA RESOLUCIÓN 943 DE 2004

 

RESOLUCION 0216 de 2003

 

 

“Por la cual se fijan requisitos de presentación y criterios de elegibilidad y viabilidad técnica y financiera de los proyectos a ser financiados con recursos del

Instituto Colombiano del Deporte  Coldeportes”

 

 

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO COLOMBIANO DEL DEPORTE COLDEPORTES

 

En uso de sus facultades legales y  estatutarias

 

CONSIDERANDO

 

 

Que la ley 152 de 1994 “Por la cual se establece la ley orgánica del plan de desarrollo” establece los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el artículo 342 y en general por el capítulo 2 del título XII de la Constitución Política y demás normas constitucionales que se refieran al plan de desarrollo y la planificación. 

 

Que la ley orgánica del Plan de Desarrollo se aplicará a la Nación, a las entidades territoriales y a los organismos públicos de todo orden y sus actuaciones se regirán por los principios de autonomía, ordenación de competencias, coordinación, consistencia, prioridad del gasto público social, participación, sostenibilidad ambiental, desarrollo armónico de las regiones, proceso de planeación, eficiencia, viabilidad, coherencia y conformación de los planes de desarrollo.

 

Que el artículo 3° literal n) de la ley 152 de 1994, establece que “Para efectos de la elaboración de los planes de inversión y con el propósito de garantizar coherencia y complementariedad en su elaboración , la nación y la entidades territoriales deberán tener actualizados bancos de programas y proyectos”

 

Que el capítulo III artículo 61 numeral 5, de la Ley 181 de 1995, establece como función del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, evaluar los planes y programas de estímulo  y fomento del sector elaborados por los departamentos, distritos y municipios, con el propósito  de definir fuentes de financiación y procedimientos para la ejecución de los proyectos que de ellos se deriven.

 

Que los numerales 12 y 13 del mismo artículo determinan como funciones del Instituto Colombiano del Deporte el apoyo “a los organismos oficialmente reconocidos, los gastos operacionales y eventos nacionales e internacionales de conformidad  con las disposiciones vigentes sobre la materia” así como “establecer los criterios generales que soporten los proyectos de origen regional”.


RESUELVE

 

CAPITULO I

CRITERIOS GENERALES

 

 

ARTICULO PRIMERO: Los proyectos de inversión social del sector deporte, recreación y educación física financiables con recursos del Instituto Colombiano de Deportes COLDEPORTES, son aquellos proyectos de apoyo a la infraestructura recreo deportiva, desarrollo y gestión institucional, socialización de la práctica de la educación física y deportiva, las competencias, las vivencias recreativas, la asistencia técnica al sector, la investigación, capacitación y formación en los diferentes ámbitos del sector que beneficien a la comunidad.

 

El Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo, a las políticas y lineamientos que en desarrollo de esta materia promulgue el Gobierno Nacional, al Plan Nacional Sectorial y los Planes Nacionales de Deporte, recreación y Educación Física, a los proyectos generales inscritos en el Departamento Nacional de Planeación que sustentan el Plan de Inversiones de la entidad y a la distribución de recursos que asigna la ley de apropiaciones del presupuesto nacional, determinará la distribución particular de los recursos, teniendo en cuenta los parámetros nacionales, institucionales y el desarrollo armónico de las regiones bajo principios de equidad, calidad y eficiencia.

 

 

ARTICULO SEGUNDO: Los proyectos a financiar con recursos del Instituto Colombiano del Deporte, COLDEPORTES son los siguientes:

 

A) Proyectos de infraestructura deportiva, recreativa y de educación física.

Proyectos inscritos por las Entidades Territoriales Departamentales, cuyos objetivos, aparte de estar enmarcados dentro de las políticas del Gobierno Nacional y el Plan Nacional Sectorial y los Planes Nacionales de Deporte, Recreación y Educación Física, igualmente propendan por el encuentro de equidad y el equilibrio territorial a través de la construcción, adecuación, dotación de obras de infraestructura deportiva, recreativa, de educación física o mixta, su mejoramiento y mantenimiento, utilizando los recursos de una manera eficiente y eficaz, buscando la ampliación de la base deportiva, recreativa y el desarrollo de la actividad física de los habitantes de las regiones y  fortaleciendo el entorno institucional del sector.

 

Dentro de  las  políticas  y  lineamientos  contenidos  en  el  Plan Nacional de Desarrollo  del  Gobierno y Plan Nacional Sectorial y los Planes Nacionales de Deporte, Recreación y Educación Física, la prioridad en apoyo a la construcción, adecuación y dotación de infraestructura esta dirigida fundamentalmente a:

 

1.    Infraestructura propia de los XVI Juegos Deportivos Nacionales a realizarse en la ciudad capital Bogotá y Cundinamarca en los municipios Soacha, Fusagasuga y Girardot en el 2004.

 

2.    Infraestructura propia de los XV Juegos Bolivarianos a realizarse en Armenia, Pereira y Cartagena, en el 2005.

 

3.    Infraestructura propia de los XX Juegos Centroamericanos y del Caribe a realizarse en Cartagena y Barranquilla, en el 2006.

 

4.    Infraestructura propia de Juegos Paranacionales a realizarse en la ciudad de Bogotá, en el 2004.

 

5.    Culminación de obras inconclusas consideradas prioritarias para el Gobierno Nacional por haber sido escogidas como sedes de un evento departamental, regional o nacional.

 

6.    Construcción, adecuación y terminación de los Centros de Alto Rendimiento y Centros de perfeccionamiento deportivo en deportes nacionales estratégicos.

 

7.    Centros Recreativos, Culturales y de Convivencia –CRCC- como espacios dirigidos hacia las comunidades vulnerables y necesitadas del país, donde se canalizan los esfuerzos de la comunidad y el municipio en la construcción, adecuación y mantenimiento de la infraestructura básica  y el esfuerzo de la nación orientado hacia la dotación e implementación deportiva e informática.

 

8.    Parques de recreación física y de la salud orientados hacia el esparcimiento, la generación de una cultura del movimiento y de hábitos saludables.

   

B) Proyectos enmarcados dentro de la gestión general del Sistema Nacional de Deporte:

Proyectos presentados por los organismos que conforman el Sistema Nacional del Deporte, articulados entre sí, para permitir el acceso de la comunidad al deporte, la recreación, la educación extraescolar y la educación física. Las líneas de acción, van dirigidas hacia el desarrollo institucional como estrategia de cambio planificado que implica procesos de intervención en la estructura organizacional, la toma de decisiones y la cultura administrativa, cuya afectación más evidente es el impacto sobre las estrategias de desarrollo social, en este caso particular sobre el desarrollo sectorial. Desde este punto de vista se puede hablar de desarrollo institucional del Comité Olímpico Colombiano, las Federaciones Deportivas Nacionales, Entes Deportivos Territoriales, o de Organizaciones vinculadas al Sistema Nacional del Deporte.

 

A través de esta línea las acciones se pueden materializar en proyectos que busquen el mejoramiento de la capacidad operativa, la capacidad gerencial, la capacidad técnica, el diseño, desarrollo, implementación y aplicación de procesos de informática y software aplicativo encaminados al mejoramiento y automatización de los sistemas de información a través de los Sistema Información como el SINDEP, al mejoramiento de los procesos de planeación sectorial y control, o al mejoramiento de la capacidad logística y locativa. El Plan Sectorial señala especialmente 11 acciones concretas, así:

 

1.    Socialización de los planes de deporte, recreación y educación física en los diferentes segmentos poblacionales, organizaciones, entes oficiales y privados, organismos no gubernamentales y en general en los diferentes estamentos de la población colombiana.

 

2.    Consolidación del proceso de descentralización, dotando a los municipios con herramientas para desarrollar programas autónomos acordes con la cultura y las necesidades de cada región.

 

3.    Fortalecimiento de la gestión del Sistema Nacional del Deporte, la Recreación y la Educación Física, mediante la implementación de un sistema de gestión de calidad (ISO) en COLDEPORTES y asistencia técnica a los entes que lo conforman.

 

4.    Participación de las entidades que integran el Estado y el sector privado en alianzas estratégicas dirigidas a fomentar acciones encaminadas a buscar la masiva participación de la sociedad civil en deporte, recreación y educación física, bajo las orientaciones del Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES.

 

5.    Construcción del sistema nacional de información y las redes del deporte, la recreación  y la educación física, dando especial énfasis a la identificación de los escenarios deportivos, al estado en que se encuentran, a la organización, gestión y planificación del sector, al conocimiento de los deportistas, los resultados deportivos, entre otros.

 

6.    Realización del censo del deporte, la recreación y la educación física, con especial énfasis en la identificación del recurso humano, la infraestructura deportiva y recreativa y la estructura organizacional del sector.

 

7.    Fomento a la investigación social, económica y científica del sector con interacción de los centros de educación superior, entidades especializadas, investigadores, Escuela Nacional del Deporte, el apoyo económico de Colciencias y coordinación del Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES.

 

8.    Desarrollo del Sistema Nacional de Formación Permanente del talento humano perteneciente al sector (presencial y virtual) mediante la celebración de convenios con universidades, la Escuela Nacional del Deporte, las Cajas de Compensación Familiar, COLDEPORTES y todos aquellas Organizaciones cuya finalidad sea la formación en ciencias del deporte, la recreación y la educación física.

 

9.    Convocar y canalizar la ayuda internacional hacia la capacitación, formación y competencia en el deporte, recreación y educación física orientada hacia la generación de una cultura de valores, adquisición de hábitos saludables y formación de la comunidad.

 

10. Divulgación amplía de las actividades del deporte, recreación y educación física, mediante el uso de los medios de comunicación, realización de congresos, ferias, seminarios, foros, reuniones con participación nacional e internacional, para facilitar y estimular alianzas estratégicas comerciales de apoyo al deporte, la recreación y la educación física.

 

11. Ejercer la inspección, vigilancia y control del Sistema Nacional del Deporte, Recreación y Educación Física.

 

C) Proyectos enmarcados dentro del Plan Nacional del Deporte.

Los proyectos que contribuyan al mejoramiento de la educación, la salud de los colombianos, con especial atención en la formación integral de la niñez y la juventud, mediante actividades sistemáticas con ejercicios físicos y deporte para todas las edades, favoreciendo la elevación del prestigio deportivo de la Nación. En tal sentido el Gobierno Nacional implementará veintitrés (23) acciones, así:

 

1.    Fortalecimiento del deporte comunitario y laboral, incluyendo personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales.

 

2.    Apoyo al deporte en los centros de enseñanza (básica primaria, secundaria y universitaria) orientado hacia programas que fortalezcan los festivales escolares, juegos intercolegiados,  la asistencia a eventos internacionales de este nivel, el fortalecimiento de las Escuelas Deportivas, implementadas en jornadas complementarias.

 

3.    Fortalecimiento del deporte asociado en cabeza del Comité Olímpico Colombiano y las Federaciones Deportivas Nacionales. Los departamentos y municipios a su vez apoyarán a las ligas deportivas y clubes respectivamente.

 

4.    Desarrollo del deporte de altos logros mediante la implantación del Programa Nacional de Reservas Estratégicas, Selecciones Deportivas Nacionales, preparación y participación de selecciones en eventos deportivos internacionales y nacionales.

 

5.    Apoyo a deportistas de altos logros para que puedan participar en condiciones adecuadas en las competencias preparatorias, de control de introducción y fundamentales contemplados en el Plan Nacional de Deporte y en el Calendario Deportivo Nacional.

 

6.    Apoyo con incentivos y pensiones a las glorias del deporte, pioneros y deportistas medallistas en campeonatos mundiales oficiales reconocidos por el Comité Olímpico Colombiano o medallistas en Juegos Olímpicos.

 

7.    Asistencia técnica, científica y médica al deporte.

 

8.    Implementación de sistemas de detección temprana de talentos con el fin de proyectarlos como deportistas de altos logros de acuerdo con las exigencias de cada disciplina deportiva.

 

9.    Fortalecimiento del programa de control al dopaje, apoyado por el Laboratorio de Control al Dopaje de COLDEPORTES.

 

10. Apoyo a los municipios para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 715 de 2001 y la ley 788 de 2002 para la construcción, adecuación, mantenimiento y dotación de escenarios en los municipios sedes para la realización de los XVIII Juegos Deportivos Nacionales a realizarse en Bogotá y Cundinamarca en el 2004, XV Juegos Bolivarianos en Armenia y Pereira en el 2005 y los XX Juegos Centroamericanos y del Caribe en Cartagena y Barranquilla en el 2006.

 

11. Preparación, organización y logística para el desarrollo de los XVIII Juegos Nacionales, los XV Juegos Bolivarianos y los XX Juegos Centroamericanos y del Caribe.

 

12. Contribuir a la realización de Juegos Departamentales en los 33 entes territoriales.

 

13. Búsqueda e implementación de un programa de seguridad social asociativo para los deportistas.

 

14. Fortalecimiento de la Escuela Nacional del Deporte, mediante celebración de convenios interinstitucionales con instituciones de educación superior (ley 30 de 1992) y el aprovechamiento posterior de la infraestructura que se genera para  la realización de los Juegos Bolivarianos y Centroamericanos y del Caribe, mediante el establecimiento de nuevas sedes de la Escuela Nacional del Deporte, dando cumplimiento al artículo 83 de la ley 181 de 1995.

 

15. Fomento de la investigación científica, social y económica para fortalecer el desarrollo del Sistema Nacional del Deporte.

 

16. Publicación de literatura del sector y libros de la Historia del Deporte en cada una de sus disciplinas y promocional de las sedes de los Juegos Bolivarianos y Centroamericanos y del Caribe.

 

17. Diseño de estrategias para apoyar a los deportistas culminen los ciclos de educación formal con programas de becas y créditos del ICETEX y Universidades.

 

18. Fortalecimiento del deporte para todos como estrategia de salud y educación comunitaria.

 

19. Promover la formación e integración de los estudiantes universitarios a través de la práctica del deporte. Para esto se deberán realizar los Juegos Universitarios Nacionales y estimular la participación de delegaciones universitarias en los Juegos Internacionales.

 

20. Desarrollo del programa nacional de Centros de Alto Rendimiento, mediante el apoyo a la construcción, adecuación, dotación y mantenimiento de los  centros.

 

21. Apoyo de la nación para la terminación de obras inconclusas.

 

22. Propender porque el Ministerio de Obras Públicas y Transporte y demás entidades relacionadas generen un desarrollo paralelo sobre las vías que atraviesan la geografía colombiana generando senderos que permitan las recreovías.

 

23. Construcción y dotación de la Casa Nacional del Deporte en Bogotá donde se congreguen las Federaciones Deportivas Nacionales, para contribuir a fomentar la organización y la estructura del sector del deporte asociado.

 

D) Proyectos enmarcados dentro del Plan Nacional de Recreación.

En desarrollo del Plan Nacional de Recreación los proyectos deben orientarse hacia el cubrimiento de áreas de efectividad que conlleven acciones que fortalezcan las vivencias, investigación, formación y gestión de la recreación.

 

Se implementarán fundamentalmente trece (13) acciones específicas, así:

 

1.    Poner en marcha el Programa Estratégico Nacional de Investigación en Recreación.

 

2.    Cualificar la oferta de servicios educativos para la formación del talento humano del sector a nivel pregrado y postgrado.

 

3.    Poner en marcha programas nacionales para por lo menos 20 millones de personas, cubriendo los diferentes segmentos poblacionales, con el soporte del cuerpo de voluntariado y la gestión de la Red Nacional de Recreación.

 

4.    Fortalecimiento de los programas recreativos que adelantan las cajas de compensación en coordinación con la Superintendencia de Subsidio Familiar.

 

5.    Adelantar los programas y proyectos inmersos en el Plan Nacional de Recreación con la participación de los Institutos Municipales, Distritales y Departamentales de Recreación y Deporte, bajo las orientaciones nacionales que imparta el Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES.

 

6.    Diseño y desarrollo de metodologías y protocolos que orienten los programas nacionales en recreación.

 

7.    Trabajo lúdico-pedagógico con los niños para sembrar Semillas de Afición, generando una verdadera afición y respeto por el juego competitivo.

 

8.    Adelantar acciones lúdico-pedagógicas y de deporte con los niños que presentan problemas en su desarrollo para buscar mecanismos de normalización e integración a la sociedad.

 

9.    Realización  de eventos académicos, foros, seminarios, simposios nacionales e internacionales en las áreas de investigación, formación, vivencias y gestión para el fortalecimiento del sector.

 

10. Consolidar los nodos departamentales de la Red Nacional de recreación con el fin de contar con mecanismos de difusión y comunicación de la recreación.

 

11. Diseño de un modelo de trabajo que articule los espacios lúdicos y de convivencia a las dinámicas de la comunidad y la puesta en marcha del modelo.

 

12. Protocolo de un programa de capacitación y asesoría técnica en planeación y gestión de la recreación para los Institutos Municipales, Distritales y Departamentales.

 

13.   Establecimiento de un programa de dotación de espacios polideportivos de recreación y convivencia estandarizados por COLDEPORTES (CRCC) en aquellos municipios que no cuentan con una infraestructura básica recreo deportiva con la estrecha participación de la comunidad, el municipio, el apoyo de Plan Colombia, Fondo de Inversiones para la Paz, iniciativa privada, ayuda internacional y el Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES.

 

E) Proyectos enmarcados dentro del Plan Nacional de Educación Física.

Para desarrollar el Plan Nacional de Educación Física los proyectos se encaminarán hacia la práctica del deporte, fortaleciendo el Sistema Nacional de Educación Física.

Tomará  especialmente nueve (9) acciones, así:

1.    Creación de un sistema nacional de educación física que articule adecuadamente a las entidades e instituciones responsables de la educación física, con los profesionales egresados de los programas académicos universitarios, coordinado por la Escuela Nacional del Deporte.

 

2.    Diseño y desarrollo de metodologías y protocolos que orienten los programas nacionales en educación física.

 

3.    Implementar el programa nacional de salud preventiva “Colombia Activa y Saludable”, estableciendo convenio con la Organización Mundial de la Salud OMS y el Ministerio de Salud, para que toda la comunidad reciba información por medio de acciones que estimulen la adopción de un modo de vida más activo y saludable.

 

4.    Poner en marcha la implantación de programas nacionales como Triatlón Escolar y las Gimnasiadas en los establecimientos educativos, con apoyo de las Secretarías de Educación Departamentales y los Institutos de Deporte.

 

5.    Adelantar los programas y proyectos inmersos en el Plan Nacional de Educación Física con la participación de los Institutos Municipales y Departamentales de Recreación y Deporte, bajo las orientaciones nacionales que imparta el Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES.

 

6.    Atención especial a las minorías étnicas y la población no vinculada al sector escolar como los trabajadores de los diferentes sectores, industria (ANDI), comercio (FENALCO), los desplazados, los adultos mayores y las personas con limitaciones físicas.

 

7.    Fortalecer el Programa de Expedición Colombia de investigación en educación física, mediante la generación de estímulos y convenios entre COLDEPORTES, la Red de Universidades, Colciencias y la Escuela Nacional del Deporte.

 

8.    Promoción y desarrollo de parques de la salud como espacios públicos para el encuentro lúdico, la actividad física y el bienestar personal.

 

9.    Consolidar las mesas departamentales con miras a fortalecer la red de educadores físicos.

 

PARÁGRAFO: El Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES, podrá determinar además de las acciones en está Resolución mencionadas otras que por interés nacional considere importante desarrollar para bien del sector.

 

ARTICULO TERCERO: Los proyectos de inversión presentados al Instituto Colombiano del Deporte  COLDEPORTES para ser financiados, teniendo en cuenta las necesidades propias de la planeación presupuestal, deberán presentarse, durante dos(2) períodos así: primer período el comprendido entre febrero 1 y abril 30 y el segundo período comprendido entre el 1 de agosto y el 31 de octubre de cada año, para que puedan ser tenidos en cuenta para la vigencia fiscal del año siguiente.

 

Para el año 2003 se aplicará desde el 1 de agosto al 31 de octubre y a partir del año entrante se utilizarán los dos periodos.

 

PARÁGRAFO: Los proyectos inscritos fuera de estos períodos, únicamente podrán tenerse en cuenta, cuando sean de carácter extraordinario (declaración de zona de desastre, de urgente interés por el gobierno nacional y provenientes de los Institutos Departamentales con destino a celebrar convenios de recursos administrados).

 

 

CAPITULO II

 

REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS

 

ARTÍCULO CUARTO: De acuerdo con lo establecido en la presente Resolución los proyectos presentados para solicitud de cupo de financiación por parte del Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES, según sea su tipología llenarán como mínimo los siguientes requisitos:

 

a)    Proyectos de infraestructura deportiva, recreativa y de educación física

(Tipo A)

1)    Carta de presentación del proyecto y de solicitud de recursos.

Carta de presentación del solicitante, dirigida a COLDEPORTES, que incluya nombre de la Entidad Territorial, nombre del proyecto, costo total del proyecto y monto que solicita a COLDEPORTES, firmado por el representante legal de la Entidad o el que haga sus veces.

2)    Ficha Estadística Básica de Inversión (EBI).

Ficha debidamente diligenciada, donde su información sea consistente con los soportes anexos al proyecto.

3)    Formulación del proyecto en la correspondiente metodología Banco de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN) establecida por el DNP.

Metodología que debe seguir de acuerdo con la tipificación del proyecto, su información debe ser consistente con los soportes anexos al proyecto.

 

Para los proyectos de infraestructura cuyos montos sean inferiores a 600 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.) se utilizará el formato de metodología 019  y para los proyectos de infraestructura cuyos montos sean superiores a 600 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.) se utilizará el formato de metodología 001.

 

Debe tenerse en cuenta dentro de la identificación del problema, presentar un diagnóstico  que incluya una radiografía del estado en que se encuentra la organización deportiva, recreativa y de educación física en el área de influencia y un mapa de escenarios deportivos y recreativos. Esto permite al evaluador tener toda la información de referencia necesaria para determinar la necesidad y el alcance del proyecto.

4)    Constancia de radicación en el banco de proyectos del municipio y/o departamento de ubicación del proyecto.

5)    Certificado del Jefe de Planeación municipal y/o departamental sobre la viabilidad y conveniencia del proyecto, donde indique que el proyecto está incluido en el plan de desarrollo respectivo y se ajusta al plan de ordenamiento territorial, con su nombre e ítem de identificación del proyecto.

6)    Certificado de Disponibilidad presupuestal

Debe indicar los montos a cofinanciar por parte de la Entidad Territorial y deben ser consistentes con los valores consignados en los formatos de aplicación de la metodología DNP. Además deben indicar la vigencia y debe estar firmado por la autoridad competente del ámbito territorial.

7)    Certificado de compromiso de sostenibilidad del proyecto expedido por parte de la autoridad competente.

8)    Certificado de Licencia Ambiental.

Las Corporaciones Autónomas Regionales deben expedir la licencia, si se trata de proyectos de infraestructura que afecten el medio ambiente. Igualmente deberá acompañarse el proyecto de una certificación de la respectiva Corporación Autónoma Regional, cuando el proyecto no requiere licencia ambiental, certificando tal situación.

9)    Acta de concertación con la comunidad.

Copia completa y autenticada donde se especifique nombre del proyecto, objetivos, tiempo de ejecución, valor del proyecto y firmas legibles con nombres y apellidos completos y número de cédula de ciudadanía de cada uno de los participantes de la concertación y donde se incluya la firma del representante de la veeduría deportiva. En caso de no estar constituida la veeduría deportiva, se optará por lo señalado en los Arts. 99 y 100 de la ley 134 de 1994.

10) La documentación técnica debe ser (dependiendo del tipo de obra):

·         Levantamiento topográfico

·         Estudio de suelos

·         Planos de localización general

·         Planos arquitectónicos

·         Planos estructurales

·         Planos hidráulicos

·         Planos sanitarios

·         Planos eléctricos

·         Memorias de diseño

·         Especificaciones técnicas.

 

Los planos técnicos deben cumplir con los siguientes requisitos:

·         Estar vigentes.

·         Inclusión de escalas y convenciones que permitan su entendimiento.

·         Perfil del terreno, presentar su original.

 

Los planos técnicos deben elaborarse de acuerdo con las normas técnicas en cuanto a dimensiones y especificaciones aprobados para instalaciones deportivas conforme a la licencia previa expedida por COLDEPORTES.

 

11)        Presupuesto detallado y análisis de precios unitarios de acuerdo a lo consagrado en la Ley 598/2000.

La cual define cada una de las actividades planeadas para desarrollar el proyecto, con sus precios: materiales, equipo y el recurso humano. En la definición del recurso humano o mano de obra se debe tener presente el rendimiento, en términos de tiempo, al ejecutar una labor.

 

12)  Registro fotográfico a color del estado actual.

 

13)  Certificado de Tradición y Libertad del predio, expedido por la respectiva Registraduría de Instrumentos Públicos, con fecha no mayor a un mes al período de inscripción del proyecto en COLDEPORTES.

 

14) Copia en medio magnético de:

14.1)   Del proyecto general.

14.2)    Memorias técnicas.

14.3)    Presupuesto detallado.

14.4)     Planos del proyecto.

 

De acuerdo con los criterios del asesor de infraestructura y del tipo específico de proyecto, estos requisitos podrán ampliarse, especialmente en cuanto a los requerimientos de tipo técnico y/o ambiental.

 

COLDEPORTES durante el período 2003-2006 adelantará proyectos especiales dirigidos a la atención de necesidades básicas insatisfechas de la comunidad mediante dos clases de proyectos: los Centros de Convivencia Recreativos y Culturales y los Parques de la Salud y del ejercicio físico.

 

En estos proyectos diseñados por COLDEPORTES, el Instituto suministrará directamente los materiales y dotaciones que permitan la adecuación de los Centros y los parques bajo los diseños preestablecidos y el municipio interesado entregará la placa deportiva bajo las especificaciones directas del proyecto, la mano de obra necesaria para el montaje deberá aportarla el ente territorial respectivo o la comunidad beneficiada del proyecto y el municipio adquiere el compromiso de darle al Centro o al Parque la sostenibilidad y mantenimiento para asegurar que estos espacios generen al menos dos empleos permanentes.

 

En tal sentido los requisitos para formular la solicitud a COLDEPORTES serán:

 

1) Carta de presentación del proyecto y de solicitud de recursos

 

Carta de presentación del solicitante, dirigida a COLDEPORTES, que incluya nombre de la Entidad Territorial, nombre del proyecto, interés en el proyecto y compromiso de suministrar la placa polideportiva de acuerdo con las especificaciones definidas por COLDEPORTES y el compromiso de sostenibilidad del proyecto, firmado por el representante legal de la Entidad o el que haga sus veces.

 

2)    Ficha Estadística Básica de Inversión (EBI).

 

Ficha debidamente diligenciada, donde su información sea consistente con los soportes anexos al proyecto.

 

3)    Certificado del Jefe de Planeación municipal y/o departamental sobre la viabilidad y conveniencia del proyecto, donde indique que el proyecto está incluido en el plan de desarrollo respectivo y se ajusta al plan de ordenamiento territorial, con su nombre e ítem de identificación del proyecto.

 

4)    Certificado de Disponibilidad presupuestal

 

Debe indicar los montos con los cuales son apoyados por parte de la Entidad Territorial y deben ser consistentes con los valores consignados en los formatos de aplicación de la metodología DNP. Además deben indicar la vigencia y estar firmado por la autoridad competente del ámbito territorial.

 

5)    Certificado de compromiso de sostenibilidad del proyecto expedido por parte de la autoridad competente.

 

6)    Acta de concertación con la comunidad.

Copia completa y autenticada donde se especifique nombre del proyecto, objetivos, tiempo de ejecución, valor del proyecto y firmas con nombres y apellidos completos y número de cédula de ciudadanía de cada uno de los participantes de la concertación, donde se incluya la firma del representante de la veeduría deportiva. En caso de no estar constituida la veeduría deportiva, se optará por lo señalado en los Arts. 99 y 100 de la ley 134 de 1994.

 

7)    La documentación técnica debe ser (dependiendo del tipo de obra):

·         Estudio de suelos

·         Planos de localización general, levantamiento topográfico, hidráulicos y sanitarios

 

8)    Registro fotográfico a color del estado actual.

 

9)    Certificado de Tradición y Libertad del predio expedido por la respectiva Registraduría de Instrumentos Públicos, con fecha no mayor a un mes al período de inscripción del proyecto en COLDEPORTES y Escritura del Terreno.

Los planos de localización general, levantamiento topográfico, hidráulicos y sanitarios, las especificaciones técnicas, como el presupuesto detallado será aportado por COLDEPORTES.

 

b)   Proyectos enmarcados dentro de la gestión general del  Sistema Nacional de Deporte

(Tipo B)

1)    Carta de presentación del proyecto y de solicitud de recursos.

Carta de presentación del solicitante, dirigida a COLDEPORTES, que incluya nombre de la Entidad Territorial, nombre del proyecto, costo total del proyecto y monto que solicita a COLDEPORTES, firmado por el representante legal de la Entidad o el que haga sus veces.

2)    Ficha Estadística Básica de Inversión (EBI).

Ficha debidamente diligenciada, donde su información sea consistente con los soportes anexos al proyecto.

 

3)    Formulación del proyecto en la correspondiente metodología Banco de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN) establecida por el DNP.

 

Metodología que debe seguir de acuerdo con la tipificación del proyecto, su información debe ser consistente con los soportes anexos al proyecto.

 

Para los proyectos cuyos montos sean inferiores a 600 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.) se utilizará el formato de metodología 019 y los proyectos cuyos montos sean superiores a 600 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.) se utilizará el formato de metodología 01.

 

4)    Certificado de Disponibilidad presupuestal para el caso de las Entidades Oficiales.

Debe indicar los montos a cofinanciar por parte de la Entidad Territorial y deben ser consistentes con los valores consignados en los formatos de aplicación de la metodología DNP. Además deben indicar la vigencia y estar firmado por la autoridad competente del ámbito territorial.

5)    Cronograma de actividades del proyecto, que refleje el ciclo del mismo: preinversión, inversión y operación.

6)    Presupuesto detallado y análisis de precios unitarios de acuerdo a lo consagrado en la Ley 598/2000.

La cual define cada una de las actividades planeadas para desarrollar el proyecto, con sus precios: materiales, equipo y el recurso humano. En la definición del recurso humano o mano de  obra se debe tener presente el rendimiento, en términos de tiempo, al ejecutar una labor.

 

7)    Únicamente para el caso de las Entidades Territoriales, se requerirá certificado de conveniencia del proyecto, de Planeación Municipal o Departamental, donde indique que el proyecto está incluido en el plan de desarrollo respectivo, con su nombre o item de identificación. Las demás organizaciones solicitantes están exentas de éste requisito.

8)    Copia en medio magnético de:

8.1)     Proyecto general.

8.2)     Presupuesto detallado.

 

c) Proyectos enmarcados dentro del Plan Nacional del  Deporte

(Tipo C)

A.  Deporte Asociado (Comité Olímpico Colombiano y Federaciones Deportivas Nacionales):

1.    Carta de presentación del proyecto y de solicitud de recursos.

2.    Carta de presentación del solicitante, dirigida a COLDEPORTES, que incluya nombre de la Entidad Territorial, nombre del proyecto, costo total del proyecto y monto que solicita a COLDEPORTES, firmado por el representante legal de la Entidad o el que haga sus veces.

3.    Balance año anterior.

4.    Presupuesto General del Año.

5.    Correo Electrónico

6.    Diseño Pagina Web

7.    Número de tiquetes nacionales e internacionales con costo.

8.    Actualización comité ejecutivo y comisiones.

9.    Formulación del proyecto en la correspondiente metodología Banco de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN) establecida por el DNP.

 

B.  Entes Deportivos Territoriales:

1)   Carta de presentación del proyecto y de solicitud de recursos.

Carta de presentación del solicitante, dirigida a COLDEPORTES, que incluya nombre de la Entidad Territorial, nombre del proyecto, costo total del proyecto y monto a que solicita a COLDEPORTES, firmado por el representante legal de la Entidad o el que haga sus veces.

2)    Ficha Estadística Básica de Inversión (EBI).

Ficha debidamente diligenciada, donde su información sea consistente con los soportes anexos al proyecto.

 

3)    Formulación del proyecto en la correspondiente metodología Banco de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN) establecida por el DNP.

 

Metodología que debe seguir de acuerdo con la tipificación del proyecto, su información debe ser consistente con los soportes anexos al proyecto.

 

Los proyectos cuyos montos sean inferiores a 600 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.) se utilizará el formato de metodología 019 y para los proyectos cuyos montos sean superiores a 600 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.) se utilizará el formato de metodología 001.

 

4)    Certificado de Disponibilidad presupuestal para el caso de las Entidades Oficiales.

 

Debe indicar los montos a aportar por parte de la Entidad Territorial y deben ser consistentes con los valores consignados en los formatos de aplicación de la metodología DNP. Además deben indicar la vigencia y debe estar firmado por la autoridad competente del ámbito territorial.

 

5)    Cronograma de actividades del proyecto, que refleje el ciclo del mismo: preinversión, inversión y operación.

 

6)    Presupuesto detallado y análisis de precios unitarios de acuerdo a lo consagrado en la Ley 598/2000.

 

La cual define cada una de las actividades planeadas para desarrollar el proyecto, con sus precios: materiales, equipo y el recurso humano. En la definición del recurso humano o mano de  obra se debe tener presente el rendimiento, en términos de tiempo, al ejecutar una labor.

 

Únicamente para las Entidades Territoriales, certificado de conveniencia del proyecto, de planeación municipal o departamental, donde indique que el proyecto está incluido en el plan de desarrollo respectivo, con su nombre o item de identificación. Las demás organizaciones solicitantes están exentas de éste requisito.

7)    Copia en medio magnético de:

7.1)     Del proyecto general.

7.2)     Presupuesto detallado.

 

d) Proyectos enmarcados dentro del Plan Nacional de Recreación

(TipoD)

1)    Carta de presentación del proyecto y de solicitud de recursos.

Carta de presentación del solicitante, dirigida a COLDEPORTES, que incluya nombre de la Entidad Territorial, nombre del proyecto, costo total del proyecto y monto que solicita a COLDEPORTES, firmado por el representante legal de la Entidad o el que haga sus veces.

2)    Ficha Estadística Básica de Inversión (EBI).

Ficha debidamente diligenciada, donde su información sea consistente con los soportes anexos al proyecto.

 

3) Formulación del proyecto en la correspondiente metodología Banco de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN) establecida por el DNP.

 

Metodología que debe seguir de acuerdo con la tipificación del proyecto, su información debe ser consistente con los soportes anexos al proyecto.

 

Los proyectos cuyos montos sean inferiores a 600 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.) se utilizará el formato de metodología 019 y para los proyectos cuyos montos sean superiores a 600 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.) se utilizará el formato de metodología 001.

 

4) Certificado de Disponibilidad presupuestal para el caso de las Entidades Oficiales.

 

Debe indicar los montos a apoyar por parte de la Entidad Territorial y deben ser consistentes con los valores consignados en los formatos de aplicación de la metodología DNP. Además deben indicar la vigencia y estar firmados por la autoridad competente del ámbito territorial.

 

5)    Cronograma de actividades del proyecto, que refleje el ciclo del mismo: preinversión, inversión y operación.

 

6)    Presupuesto detallado y análisis de precios unitarios de acuerdo a lo consagrado en la Ley 598/2000.

 

La cual define cada una de las actividades planeadas para desarrollar el proyecto, con sus precios: materiales, equipo y el recurso humano. En la definición del recurso humano o mano de  obra se debe tener presente el rendimiento, en términos de tiempo, al ejecutar una labor.

 

Únicamente para las Entidades Territoriales, certificado de conveniencia del proyecto, de Planeación Municipal o Departamental, donde indique que el proyecto está incluido en el plan de desarrollo respectivo, con su nombre o item de identificación. Las demás organizaciones solicitantes están exentas de éste requisito.

 

7)    Copia en medio magnético de:

 

7.1) Del proyecto general.

7.2)  Presupuesto detallado

 

e) Proyectos enmarcados dentro del Plan Nacional de Educación Física

(Tipo E)

1)    Carta de presentación del proyecto y de solicitud de recursos.

 

Carta de presentación del solicitante, dirigida a COLDEPORTES, que incluya nombre de la Entidad Territorial, nombre del proyecto, costo total del proyecto y monto que solicita a COLDEPORTES, firmado por el representante legal de la Entidad o el que haga sus veces.

2)    Ficha Estadística Básica de Inversión (EBI).

Ficha debidamente diligenciada, donde su información sea consistente con los soportes anexos al proyecto.

 

3)    Formulación del proyecto en la correspondiente metodología Banco de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN) establecida por el DNP.

 

Metodología que debe seguir de acuerdo con la tipificación del proyecto, su información debe ser consistente con los soportes anexos al proyecto.

 

Los proyectos cuyos montos sean inferiores a 600 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.) se utilizará el formato de metodología 019 y para los proyectos cuyos montos sean superiores a 600 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V.) se utilizará el formato de metodología 001.

 

4)    Certificado de Disponibilidad presupuestal para el caso de las Entidades Oficiales.

 

Debe indicar los montos a apoyar por parte de la Entidad Territorial y deben ser consistentes con los valores consignados en los formatos de aplicación de la metodología DNP. Además deben indicar la vigencia y debe estar firmado por la autoridad competente del ámbito territorial.

 

5)     Cronograma de actividades del proyecto, que refleje el ciclo del mismo: preinversión, inversión y operación.

 

6)    Presupuesto detallado y análisis de precios unitarios de acuerdo con lo consagrado en la Ley 598/2000.

 

La cual define cada una de las actividades planeadas para desarrollar el proyecto, con sus precios: materiales, equipo y el recurso humano. En la definición del recurso humano o mano de  obra se debe tener presente el rendimiento, en términos de tiempo, al ejecutar una labor.

 

Únicamente para las Entidades Territoriales, certificado de conveniencia del proyecto, de Planeación Municipal o Departamental, donde indique que el proyecto está incluido en el plan de desarrollo respectivo, con su nombre o item de identificación. Las demás organizaciones solicitantes están exentas de éste requisito.

 

7)    Copia en medio magnético de:

7.1)  Del proyecto general.

7.2 ) Presupuesto detallado

 

PARAGRAFO: Los proyectos diferentes a infraestructura del sector, formulados por los entes territoriales, organismos y organizaciones que conforman y hacen parte del sistema no requieren de inscripción en el Banco de Proyectos de su nivel territorial. Esta la podrán efectuar directamente en Coldeportes; tan sólo deben anexar una certificación expedida por el ente departamental o nacional de recreación y deporte, de la conveniencia, pertinencia y prioridad del proyecto en su respectivo nivel territorial.

 

 

 

CAPITULO III

CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PROYECTOS

 

 

ARTICULO QUINTO: ELEGIBILIDAD DE UN PROYECTO: De acuerdo con el Reglamento establecido por la presente Resolución un proyecto es elegible si responde favorablemente a los siguientes conceptos: coherencia, pertinencia, prioridad, cobertura, eficiencia, efectividad, productividad del uso del recurso dentro del ámbito sectorial, elementos que los solicitantes deberán incorporar de manera real y objetiva dentro de la formulación de sus respectivos proyectos.

 

ARTICULO SEXTO: REGISTRO DE PROYECTOS: Una vez radicado en correspondencia del Instituto, se procede a la inscripción del Proyecto en la Central de Proyectos de la Subdirección de Planeación y Apoyo Tecnológico, el funcionario que recibe revisará la documentación de acuerdo con los requisitos expresados en el artículo Tercero de la presente Resolución. Aquellos proyectos que cumplan con la documentación exigida pasarán al estudio por parte del Comité de Dirección para concepto de elegibilidad y los que no cumplan con dichos requisitos serán devueltos.

 

ARTICULO SEPTIMO: CONCEPTO DE ELEGIBILIDAD: El Comité de Dirección analizará el listado de proyectos radicados en el Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES y de acuerdo a los conceptos determinados en el artículo Cuarto seleccionará los proyectos elegibles o no, teniendo en cuenta la coherencia, pertinencia y prioridad sin ser hasta el momento un proyecto financiable.

La coherencia, pertinencia y prioridad en los siguientes términos conforman la elegibilidad :

1.    Coherencia con las políticas del gobierno nacional, las propias del Instituto Colombiano del Deporte y las específicas del sector.

2.    Pertinencia de los objetivos del proyecto con los planes de deporte, recreación y educación física.

3.    Prioridad en función de las estrategias y acciones señaladas en los planes de deporte, recreación y educación física.

Dado el concepto de elegibilidad por parte del Comité de Dirección, la Subdirección de Planeación realizará el análisis sobre beneficios sociales del proyecto.

Una vez emitido el concepto la Subdirección de Planeación enviará los proyectos a la respectiva área de interés (como se ve en el cuadro siguiente) para realizar la viabilidad técnica, financiera y verificará la ambiental.

 

ARTICULO OCTAVO: COMITÉ DE DIRECCIÓN: El Comité de Dirección integrado por el Director General de COLDEPORTES, quien la preside, el Secretario General, los Subdirectores de las áreas Administrativa y Financiera, Técnica y Planeación. El Jefe de la oficina de Inspección, Vigilancia y Control,  el Jefe de la Oficina de Control Interno (con voz pero sin voto) y el Asesor de la Dirección para los temas de Infraestructura, en materia de estudio de proyectos elegibles, analizará los proyectos presentados a su consideración y decidirá sobre su elegibilidad.

 

El Comité de Dirección en materia de elegibilidad de proyectos, cumplirá las siguientes funciones:

·         ·         Asesorar al Director General en la distribución de los recursos en los proyectos elegibles.

·         ·         Apoyar en el seguimiento a la ejecución de los proyectos contratados.

·         ·         El Comité de Dirección solicitará a la Subdirección Técnica y a la Subdirección de Planeación las correspondientes viabilidades.

·         ·         Asesorar sobre los criterios a contemplar por parte del beneficiario para la selección  de las interventorías  de los proyectos y la ejecución de obras de los mismos.

·         ·         Emitir conceptos consistentes bajo acta de asignación de recursos y rechazo de los proyectos inscritos.

·         ·         Pedir aclaraciones y razones a la Subdirección de Planeación y Apoyo Tecnológico, la Subdirección Técnica o al Asesor de Infraestructura de COLDEPORTES, según el caso, sobre los términos de viabilidad técnica, cuando los proyectos lo ameriten.

·         ·         Sugerir los sistemas de control, seguimiento, inspección y vigilancia en la gestión y resultados de los proyectos.

·                    Las demás que establezca el Comité de Dirección y que correspondan a las necesidades propias para la asignación de recursos.

Para las decisiones sobre asignación de recursos, el Comité de Dirección asesorará al Director General en la toma de decisiones teniendo en cuenta los criterios y lineamientos generales fijados en la presente resolución.

 

PARÁGRAFO:  La Subdirección de Planeación y Apoyo Tecnológico levantará un acta que recopile toda la información pertinente y producirá los informes sobre las decisiones optadas, de la cual se enviará una copia a la Oficina de Control Interno.

 

ARTICULO NOVENO: CONCEPTO DE VIABILIDAD TÉCNICA, Y FINANCIERA Y VERIFICACIÓN DE LA VIABILIDAD AMBIENTAL: De acuerdo a la tipología del proyecto, la evaluación del mismo será realizada por las siguientes áreas de la Institución:

TIPO
TIPO DE PROYECTO
AREA ENCARGADA DE LA  VIABILIDAD TÉCNICA, AMBIENTAL Y FINANCIERA DEL PROYECTO
A
Proyectos de infraestructura deportiva, recreativa y de educación física.
Asesor de Dirección para Infraestructura
B
Proyectos de Gestión General del Sistema Nacional del Deporte
Subdirección de Planeación y Apoyo Tecnológico
C
Proyectos que se enmarquen dentro del Plan Nacional de Deporte.
Subdirección Técnica
D
Proyectos que se enmarquen dentro del Plan Nacional de Recreación.
Subdirección Técnica
E
Proyectos que se enmarquen dentro del Plan Nacional de Educación Física.
Subdirección Técnica
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 La Subdirección de Planeación y Apoyo Tecnológico procederá a enviar la carpeta del proyecto elegible, con copia del acta del Comité de Dirección donde se tomó la decisión de elegibilidad del proyecto al área encargada de expedir el concepto de viabilidad técnica y financiera y verificación de la ambiental, con copia a la Oficina de Control Interno.

 

Una vez el área encargada expida su concepto de viabilidad, remite copia a la Subdirección de Planeación y Apoyo Tecnológico, y en el Comité de Dirección presenta su solicitud de asignación de recursos.

 

Tomada la decisión por parte del Comité de Dirección, ésta será consignada en Acta. El área que expidió la viabilidad Técnica y Financiera y la verificación de la  Ambiental procederá a iniciar el trámite de solicitud de ordenación de expedición del  Certificado de Disponibilidad Presupuestal.

 

Una vez expedido el Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la Subdirección Administrativa y Financiera, la documentación será remitida a la Secretaría General para que ésta proceda a iniciar los pasos contractuales que sean indispensables para realizar la contratación.

 

ARTICULO DECIMO: CRITERIOS GENERALES PARA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS A LOS PROYECTOS. Para la asignación de los recursos a los proyectos presentados al Instituto Colombiano del Deporte, COLDEPORTES,  se aplicarán los siguientes criterios:

·                    1.  En primera medida el entorno más amplio del proyecto, considerando si este es de interés nacional, si se encuentra inmerso en los vectores señalados en el Plan Sectorial; si es así, se tendrá en cuenta solamente el concepto de coherencia, pertinencia, prioridad, viabilidad técnica y  financiera y de beneficio social expedido por COLDEPORTES y el cumplimiento de la documentación básica, dando concepto de urgente y necesario.

·                    2. Tipificación de un ente territorial, como zona de desastre o zona de conflicto, dando prelación en el momento de decidir. En cualquier caso, el Comité de Dirección tendrá como prioridad dentro de éste aspecto, en primer lugar aquellos proyectos que hagan parte de un paquete de inversiones del gobierno nacional dirigido a mitigar los impactos de las zonas de desastre, de conflicto o de la denominada Colombia profunda; en segundo lugar los que de manera autónoma presenten los entes territoriales u otras instituciones del Estado, dentro del principio de concurrencia, para la zona de influencia del desastre o zona de conflicto, siempre y cuando, éste sea para recuperar infraestructura perdida o en peligro inminente de pérdida total.

·                    La prelación es medida hasta que el ente territorial se encuentre en condiciones relativas de equilibrio financiero y económico frente a municipios o regiones de su igual categoría.

·                    3. Equilibrio territorial con base en el tipo de proyecto y la necesidad básica del mismo, considerando el INDICE SECTORIAL DE DESARROLLO MUNICIPAL Y DEPARTAMENTAL expedido por la Subdirección de Planeación   de COLDEPORTES. Con lo anterior se incentiva a las Entidades Territoriales con un mayor grado de efectividad y eficiencia en función del desarrollo del sector.

·                    4. Entorno institucional del sector, buscando en primera instancia la sostenibilidad del mismo, así como responsabilidad, administración y apropiación del proyecto, por parte de las organizaciones deportivas existentes o del ente deportivo encargado del proyecto. En tal sentido, la presencia de instituciones del sector que se responsabilicen directamente de la ejecución del proyecto, por el carácter especializado del tema, garanticen una mayor cohesión y sostenibilidad  en términos de eficiencia, efectividad y productividad de la inversión.

·                    5. Porcentaje de financiación por parte del solicitante; en el caso de las entidades territoriales este porcentaje se correlacionará a la categoría del municipio.

·                    6. Calidad del Proyecto por cuanto su presentación, antecedentes, objetivos, metodología, actividades, presupuesto, cronograma y duración es coherente, pertinente y de prioridad nacional.

·                    6.1 Coherencia interna y particular de antecedentes, objetivos, metodología, actividades, presupuesto, cronograma y duración.

·                    6.2 Capacidad de investigación, ser un proceso formativo, amplia participación de la comunidad, constituirse en una vivencia, competencia o práctica o mejoramiento de la gestión de los organismos que conforman el sector.

·                    6.3 Conocimiento del estado de las actividades que se pretenden desarrollar en el proyecto.

·                    6.4 Grado de pertinencia del proyecto con los temas incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo , el Plan Sectorial y los Planes Nacionales de Deporte, Recreación y Educación Física.

·                    6.5 Contribución al fortalecimiento del sector.

·                    6.6 Contribución al fortalecimiento de la Investigación en el sector.

·                    6.7 Fortalecimiento de las relaciones en los diferentes niveles territoriales.

·                    7.         Eficiencia del Proyecto mide el impacto en la relación del presupuesto requerido y los resultados esperados, la optimización de los recursos financieros disponibles y la optimización de los recursos físicos.

·                    8. Resultados Esperados que exista una definición clara de resultados esperados, sea innovador, contribuya al fortalecimiento del sector y consolide un área estratégica dentro del Plan Sectorial.

·                    9. Impacto en la sociedad por cuanto contribuye al mejoramiento de la calidad de vida, medible en términos de indicadores.

·                    ARTICULO DECIMO PRIMERO: PROYECTOS PERTINENTES

·                    Para aquellos proyectos pertenecientes al Plan Plurianual de Inversiones de COLDEPORTES que presentan una gran demanda regional se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

·                    1. Evaluación mediante sistema de puntaje del Plan Deportivo y administrativo formulado por las organizaciones del deporte asociado en una relación de impacto del 70% el primero y un 30% el segundo.

·                    2.  Nivel de gestión del organismo perteneciente al deporte asociado.

·                    3.  Nivel de gestión del organismo perteneciente a la recreación o educación física.

·                    4.  Nivel de experiencia del organismo ejecutor del proyecto.

·                    5.  Nivel de capacidad de la organización para afrontar actividades de desarrollo del proyecto.

·                    6. Desarrollos realizados en el pasado.

·                    7. Para aquellos proyectos de infraestructura deportiva y recreativa presentados por los niveles territoriales que se encuentren dentro de las prioridades nacionales contenidas dentro del Plan Sectorial y diferentes a Juegos Nacionales, Bolivarianos y Centroamericanos y del Caribe, se tendrán en cuenta aspectos como el entorno, el estado del sector deportivo y recreativo en la zona de influencia, localización del proyecto, uso, alta densidad poblacional, población beneficiada, necesidades básicas insatisfechas, cantidad de empleo generado por el  proyecto, el interés expreso de la comunidad, la sostenibilidad brindada por el nivel territorial solicitante, entre otras variables, que permitirán fijar su nivel de calificación para la obtención de recursos.

·                    8. Los proyectos de Infraestructura deportiva y recreativa para la realización de Juegos Deportivos Nacionales, Bolivarianos y Centroamericanos y del Caribe son seleccionados de acuerdo a la solicitud hecha por las sedes y aceptadas por COLDEPORTES como organismo rector de los Juegos.

·                    9. Los proyectos nacionales de infraestructura deportiva y recreativa dirigidos hacia los Centros de Alto Rendimiento, Casa de las Federaciones y adecuación de la sede de COLDEPORTES Nacional serán de alta prioridad y su asignación obedece al cumplimiento del Plan Nacional Sectorial.

ARTICULO DECIMO SEGUNDO: SISTEMAS DE EVALUACIÓN: Para la asignación de recursos de inversión a los proyectos elegibles bajo parámetros de equidad, eficiencia, eficacia, prioridad y transparencia , el Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES, fijará criterios evaluatorios de puntaje, donde se califique cada componente y el respectivo grado de ponderación, respondiendo bajo los conceptos de la ética, objetividad y prioridad en la viabilidad y elegibilidad de proyectos que concursan para ser apoyados, bajo las condiciones de relevancia e importancia frente al desarrollo general del sector y el cumplimiento de sus objetivos.

 

ARTICULO DECIMO TERCERO: INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL DEL PROYECTO: El Director del Instituto Colombiano del Deporte, COLDEPORTES ejercerá la inspección, vigilancia y control correspondiente de conformidad a lo establecido en el Decreto Ley 1227 de  1995, Decreto Ley 1228 de 1995 y demás numerales pendientes sobre la materia.

 

ARTICULO  DECIMO CUARTO: PROCEDIMIENTOS EN CURSO: Los procesos de elegibilidad y priorización de proyectos que se encuentren en curso en cualquiera de las etapas a la fecha de publicación de la presente resolución, serán informados al Comité de Dirección y refrendados mediante Acta.

 

ARTICULO DECIMO QUINTO: La implementación  de los criterios de que trata la presente Resolución partirá de un proceso de socialización , formación y capacitación de los integrantes del Sistema Nacional del Deporte.

 

ARTICULO DECIMO SEXTO: La presente resolución entrará a regir pasados seis(6) meses a partir de su publicación. Transitoriamente mientras surte el proceso pleno de ajuste en los procedimientos internos y su socialización al interior del Instituto Colombiano del Deporte, COLDEPORTES, los diferentes conceptos de viabilidad serán analizados por el profesional asignado para tal fin y discutidos por el grupo interdisciplinario de profesionales de las áreas de técnica, infraestructura y planeación.