DECRETO 641 DE 2001
(Abril 16)
"Por el cual se reglamenta la Ley 582 de 2000 sobre deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales".
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en particular de la conferida por el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política,
DECRETA:
CAPÍTULO II
Organismos deportivos
ARTICULO 10.—Afiliación. Las ligas deportivas y las asociaciones deportivas departamentales o del Distrito Capital de personas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales, podrán afiliarse a la federación nacional del deporte asociado correspondiente a su tipo de limitación.