DECRETO 641 DE 2001
(Abril 16)
"Por el cual se reglamenta la Ley 582 de 2000 sobre deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales".
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en particular de la conferida por el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política,
DECRETA:
CAPÍTULO II
Organismos deportivos
ARTICULO. 3º—Niveles. Los niveles jerárquicos de los organismos deportivos son los siguientes:
1. Nivel municipal y distrital. Clubes deportivos y clubes promotores:
2. Nivel departamental. Ligas deportivas departamentales, asociaciones deportivas departamentales, ligas y asociaciones del Distrito Capital.
3. Nivel nacional. Federaciones deportivas nacionales y comité paralímpico colombiano.