LEY 1270 de enero 05 DE 2009
“Por la cual se crea la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y se dictan otras disposiciones.”
El Congreso de Colombia
DECRETA:
TITULO II
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 12.- Integración y desarrollo social. El Estado garantizará a través de sus distintas instituciones la capacitación, orientación en valores y principios y el desarrollo social de los miembros integrantes de las barras.