Derecho Deportivo Colombiano
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DECRETO 4183 DE 2011

(NOVIEMBRE 3 DE 2011)

 

Por el cual se transforma al Instituto Colombiano del Deporte, COLDEPORTES-, establecimiento público del orden nacional en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES y se determinan su objetivo, estructura y funciones.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confieren los literales a), e) y f) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, y

DECRETA:

 

 

CAPÍTULO III

Estructura y Funciones de las Dependencias

 

Artículo 11. Despacho del Director del Departamento. Son funciones del Despacho del Director del Departamento, además de las previstas en la Constitución y la ley, las siguientes:

  1. Formular, dirigir, coordinar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física.
  2. Preparar e impulsar proyectos de ley en las materias relacionadas con el deporte, la recreación, aprovechamiento del tiempo libre y actividad física, para ser presentados por el Gobierno Nacional ante el Congreso de la República.
  3. Definir, dirigir y coordinar los planes, programas, y proyectos a cargo del Departamento.
  4. Ordenar los gastos y suscribir, de acuerdo con la ley, los contratos y convenios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Departamento Administrativo.
  5. Generar y desarrollar espacios de planeación participativa, de elaboración colegiada de propuestas de política del sector.
  6. Promover la realización de investigaciones y estudios necesarios para el cumplimiento de los planes estratégicos del país, en el marco de su misión institucional y del Plan Nacional del Deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física.
  7. Liderar el Programa Nacional Antidopaje para cumplir con los compromisos y estándares internacionales.
  8. Dirigir y liderar el Sistema Nacional del Deporte para el cumplimiento de sus objetivos.
  9. Ejercer la competencia relacionada con el Control Interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones.
  10. Aprobar los anteproyectos de presupuestos de inversión, de funcionamiento y el proyecto de utilización de recursos del crédito público que se apropien para el Departamento Administrativo.
  11. Expedir los actos administrativos que le correspondan de acuerdo con la ley y decidir sobre los recursos legales que se interpongan contra los mismos; refrendar con su firma los actos del Presidente de la República que por disposiciones constitucionales o legales sean de su competencia.
  12. Representar al país en los foros y organismos internacionales en materia de Deporte, Recreación, Aprovechamiento del Tiempo Libre y Actividad Física y demás que puedan ser conferidas por el Presidente de la República.
  13. Crear, conformar, asignar funciones a los órganos de asesoría y coordinación, así como los grupos de trabajo necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Departamento Administrativo, mediante acto administrativo, dentro del marco de su competencia.
  14. Nombrar y remover al personal del Departamento Administrativo, con excepción de los que correspondan a otra autoridad.
  15. Ejercer la función de control disciplinario interno, en los términos de la Ley 734 de 2002 o de las normas que la modifiquen.
  16. Distribuir los cargos de la planta de personal global, de acuerdo con la organización interna, las necesidades del Departamento Administrativo y los planes y los programas trazados por la entidad.
  17. Designar mandatarios y apoderados que representen al Departamento Administrativo en asuntos judiciales y extrajudiciales para la mejor defensa de los intereses del Departamento.
  18. Dirigir la implementación del Sistema Integrado de Gestión y de Mejoramiento continuo, con el fin de garantizar la prestación de los servicios del Departamento Administrativo.
  19. Dirigir los mecanismos, sistemas y canales de comunicación de divulgación interna y externa que permitan mantener informados a los servidores públicos, entidades, Sistema Nacional del Deporte, medios de comunicación y comunidad en general sobre las actividades y programas desarrollados por el Departamento.
  20. Formular y orientar los planes, programas y proyectos del Departamento.
  21. Promover y desarrollar la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema de Gestión Integral en la dependencia.
  22. Las demás funciones que le sean delegadas por el Presidente de la República o que le atribuya la ley.

 Parágrafo. Para el ejercicio de sus funciones, el Director del Departamento contará con las recomendaciones, directrices y lineamientos que formulen el Consejo Nacional del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre.