ARTICULO 64°: El Director General es el representante legal del Instituto, agente directo y de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República. Son funciones del Director del Instituto Colombiano del Deporte:
1.Dirigir e integrar las acciones de todos los miembros de la organización hacia el logro eficiente de las políticas, objetivos, metas y estrategias del Sistema Nacional del Deporte;
2.Proponer a la Junta Directiva los planes y programas generales que se requieran para el cumplimiento de las políticas y objetivos del Instituto y liderar y coordinar su ejecución;
3.Ordenar los gastos, realizar las operaciones y celebrar los negocios y actos jurídicos necesarios para el desarrollo de los objetivos del Instituto, acorde con las cuantías establecidas para el efecto;
4.Someter a la Junta Directiva todos los asuntos que requieran su aprobación;
5.Elaborar anualmente el Plan Nacional del Deporte, la Recreación y la Educación Física a que se refiere el articulo 54 de esta Ley;
6.Nombrar y remover al personal al servicio del Instituto atendiendo las normas vigentes sobre la materia, y
7.Las demás funciones que le asignen las normas legales, la Junta Directiva y las que no habiendo sido asignadas a otra autoridad, le correspondan por la naturaleza de su cargo.