Derecho Deportivo Colombiano
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DECRETO 4183 DE 2011

(NOVIEMBRE 3 DE 2011)

 

Por el cual se transforma al Instituto Colombiano del Deporte, COLDEPORTES-, establecimiento público del orden nacional en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES y se determinan su objetivo, estructura y funciones.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confieren los literales a), e) y f) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, y

DECRETA:

 

 

CAPÍTULO IV

Disposiciones Finales

 

Artículo 27. Referencias normativas. A partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, todas las referencias y/o disposiciones legales vigentes al Instituto Colombiano del Deporte, COLDEPORTES, se entenderán hechas al Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES.

De igual forma, las referencias que hagan las disposiciones vigentes al Director del Instituto como asistente, integrante o miembro de consejos, comisiones, juntas, mesas u otras instancias de deliberación, relacionadas con los temas de deportes, deben entenderse referidas al Director del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES.