DECRETO 3888 DE OCTUBRE 10 DE 2007
Por el cual se adopta el Plan Nacional de Emergencia y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público y se conforma la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia,
DECRETA:
Artículo 4°. Funciones.
Son funciones de la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos:
- Ejercer como Comité Técnico del Plan Nacional de Emergencia y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público.
- Emitir, a solicitud del Gobierno Nacional o de las administraciones departamentales y/o locales, conceptos que coadyuven a la aplicación del Plan Nacional de Emergencia y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público, acorde con el presente decreto y las normas vigentes para la construcción, reforma, adaptación y apertura de edificaciones destinadas a la realización de eventos de afluencia masiva de público.
- Establecer estrategias de aplicación permanente para la divulgación del Plan Nacional de Emergencia y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público.
- Expedir su propio reglamento.