Derecho Deportivo Colombiano
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DECRETO NUMERO 2666 DE AGOSTO 23 DE 2004.

“Por el cual se reglamenta la Comisión Técnica Nacional de Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes.”

 

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

DECRETA:

 

CAPITULO I

Definición, integración, período y funcionamiento

 

Artículo 3.- Designación de los miembros de la Comisión Técnica Nacional del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes: Los miembros de la Comisión Técnica Nacional del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, de que tratan los numerales 3, 4 y 5 del artículo anterior, serán designados mediante acto administrativo proferido por el Director General de Coldeportes y no podrán encontrarse incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución Política y en la ley para desempeñar cargos públicos o ejercer funciones públicas, en particular las establecidas en el artículo 122 de la Constitución Política y 38 y 39 de la Ley 734 de 2002, o la que la modifique o adicione.