Derecho Deportivo Colombiano
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LEY 845 DE 2003

(octubre 21)

por la cual se dictan normas de prevención y lucha contra el dopaje, se modifica la Ley 49 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

T I T U L O   II

DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS

CAPITULO UNICO

 

Artículo 41. Comisiones disciplinarias. Los tribunales deportivos de clubes, ligas y federaciones a que se refieren el artículo 8° y siguientes de la Ley 49 de 1993, se llamarán Comisiones Disciplinarias, y seguirán cumpliendo funciones de disciplina en la estructura a que se refiere el artículo 21 del Decreto ley 1228 de 1995.