Derecho Deportivo Colombiano
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RESOLUCIÓN 231 DE 2011

(Marzo 23)

Publicada en  Diario Oficial el 23 de julio.

INSTITUTO COLOMBIANO DEL DEPORTE

Por la cual se reglamentan los requisitos que deben cumplir los Clubes Deportivos y Promotores para su funcionamiento.

 

 

ARTÍCULO 20. PERSONERÍA JURÍDICA: Por regla general, los Clubes Deportivos y Promotores del nivel municipal, no están obligados a obtener Personería Jurídica, salvo cuando pretendan acceder a recursos públicos y en los demás eventos en que expresamente así lo determine la ley.

La autoridad competente para otorgar la Personería Jurídica, a un Club Deportivo o a un Club Promotor, es la Gobernación del departamento al que pertenezca el municipio en el que el club tiene su domicilio, en el caso de los clubes constituidos en Bogotá le corresponde otorgarla a la Alcaldía Mayor de Bogotá. En todo caso para tal efecto, se deberán verificar el cumplimiento de las normas legales y estatutarias.

Los Clubes pertenecientes a entidades no deportivas como las cajas de compensación familiar, clubes sociales, establecimientos educativos, organizaciones comunales, empresas públicas o privadas y demás organismos que sin tener como objeto social único o principal la actividad deportiva, fomenten y patrocinen deporte, utilizaran la Personería Jurídica de la entidad o el Reconocimiento Oficial si el club es de una institución educativa.

En virtud de lo previsto en el artículo 69 del C.C.A. el acto administrativo que otorgó la Personería Jurídica de los clubes, deberá ser revocado por los mismos funcionarios que los hayan expedido, de oficio o a solicitud de parte, en los siguientes casos:

  1. Cuando sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o la ley.
  2. Cuando no estén conformes con el interés público o social, o atenten contra él.
  3. Cuando con ellos se cause agravio injustificado a una persona.

De otra parte, la autoridad que otorgó la Personería Jurídica podrá también revocarla de acuerdo a las disposiciones legales o previa solicitud del Director de COLDEPORTES en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control.