Derecho Deportivo Colombiano
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RESOLUCIÓN 231 DE 2011

(Marzo 23)

Publicada en  Diario Oficial el 23 de julio.

INSTITUTO COLOMBIANO DEL DEPORTE

Por la cual se reglamentan los requisitos que deben cumplir los Clubes Deportivos y Promotores para su funcionamiento.

 

 

ARTÍCULO 17. OTORGAMIENTO RECONOCIMIENTO DEPORTIVO: Cuando se trate de obtener el reconocimiento deportivo, el Club Deportivo o Promotor deberá presentar los siguientes documentos:

  1. Solicitud del Responsable, Presidente o Representante Legal del Organismo Deportivo, dirigida al Ente Deportivo Municipal a que se refiere la Ley181de 1995 o quien haga sus veces de conformidad con el artículo 75de la Ley 617 de 2000.
  2. Listado de deportistas, debidamente identificados, indicando su dirección y teléfono, teniendo en cuenta que para los clubes deportivos, debe ser de no menos de diez (10) deportistas inscritos, si es deporte de conjunto el mínimo debe establecerse de conformidad con lo reglamentado por la correspondiente Federación Deportiva y para los Clubes Promotores, cualquier número plural de deportistas en cada deporte o modalidad deportiva que promuevan.
  3. Resolución de afiliación de los deportistas que hayan ingresado al club, posteriormente a la constitución del mismo.
  4. Original o copia autenticada del acta de asamblea de constitución del club, en la que se señale la elección de los miembros del los órganos de administración, control (si lo hay) y disciplina, de acuerdo con lo que previamente se haya aprobado en los estatutos en la misma reunión.
  5. En caso de haber aprobado un órgano colegiado, el original o copia autenticada del acta de reunión del Órgano de Administración en la que asignan cargos y nombran el tercer miembro de la Comisión Disciplinaria. Si en los estatutos aprobaron tener un responsable, el documento en que nombre al tercer miembro de la Comisión Disciplinaria.
  6. Copia de las tarjetas profesionales de los Revisores Fiscales, en caso de haberse aprobado en los estatutos del club un órgano de control, a través de revisoría fiscal.
  7. Aceptación expresa del deportista sobre su afiliación, participación en las actividades deportivas organizadas y sometimiento a las normas de la Ley181, Decreto-ley1228 de 1995 y demás disposiciones legales, estatutarias y reglamentarias.
  8. Original o copia de los estatutos.
  9. Acreditación por parte de los miembros del Órgano de Administración o del responsable o representante legal, según su constitución, sobre el cumplimiento de los requisitos de capacitación, conforme a lo previsto por el artículo25del Decreto-ley 1228 de 1995, y la reglamentación que al respecto exista.
  10. Dirección, teléfono y e-mail de la oficina en la que va a funcionar la parte administrativa del club e instalaciones donde practiquen el deporte sus deportistas.
  11. Presentar su Plan de desarrollo deportivo.

Cuando se trate de obtener el reconocimiento deportivo de clubes pertenecientes a entidades no deportivas como las cajas de compensación familiar, clubes sociales, establecimientos educativos, organizaciones comunales, empresas pública o privadas y demás organismos que sin tener como objeto social, único o principal la actividad deportiva, fomenten y patrocinen deporte, para obtener, el reconocimiento deportivo, el Club interesado deberá presentar los siguientes documentos:

  1. Solicitud por escrito firmada por el Presidente del club, quien es el Representante Legal de la entidad.
  2. Copia de la Personería Jurídica de la entidad o el reconocimiento de carácter oficial, si es un club de un establecimiento educativo.
  3. Certificado de existencia y representación legal de la entidad o Constancia de nombramiento del Rector o Director de la Institución si es un club de un establecimiento educativo.
  4. Relación de deportistas, clasificados por modalidad o disciplina deportiva, indicando el documento de identificación y copia del acta de afiliación, Dirección, teléfono y e-mail de la oficina del club e instalaciones donde practiquen el deporte sus deportistas.
  5. Aceptación expresa de los deportistas sobre su afiliación, participación en las actividades deportivas organizadas y sometimiento a las normas de la Ley181, Decreto-ley 1228 de 1995 y demás disposiciones legales, estatutarias y reglamentarias.
  6. Copia de Resolución o documento de creación y reglamentación del Club Deportivo, promulgado por la entidad, conforme a las normas de los Decretos1228de 1995 y 00407 de 1996.
  7. Constancia de elección de dos miembros de la Comisión Disciplinaria por parte de la asamblea de afiliados.
  8. Constancia de elección del tercer miembro de la Comisión Disciplinaria por parte del Órgano de Administración.
  9. Copia de los estatutos en los cuales se establezca el comité deportivo o responsable, al interior de cada uno de estos organismos, la organización y el desarrollo de las actividades deportivas, con indicación expresa de las funciones a su cargo.
  10. Presentar su Plan de desarrollo deportivo.

Si alguno de los documentos a que se refieren los dos anteriores artículos, ya se hubiere suministrado al Instituto Deportivo Municipal o a quien haga sus veces y mantenga su vigencia sin ninguna modificación, no será necesario volver a adjuntar dicha documentación, pero sé deberá manifestar expresamente esta situación, en la solicitud del reconocimiento o de renovación, indicando el trámite para el cual se anexó el documento.

Cuando se produzcan cambios en los Órganos de Administración, Control (si lo hubiere), o de Disciplina, o ingresen nuevos deportistas afiliados, deberá informar dentro de los cinco (5) días siguientes a la autoridad que le otorgó el reconocimiento deportivo.

El Ente Deportivo Municipal o quien haga su veces, deberá verificar periódicamente y bajo su responsabilidad, el cumplimiento de los requisitos que dieron lugar al otorgamiento o a la renovación del Reconocimiento Deportivo del club, para lo cual adoptará las medidas a que hubiere lugar, con el fin de establecer la vigencia del mismo.