Derecho Deportivo Colombiano
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ARTICULO 53°: El Plan Nacional del Deporte, la Recreación y la Educación Física, tendrá como fundamento los planes y proyectos que las entidades territoriales de carácter municipal, departamental y las instituciones del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre asociados, propongan para el fomento y desarrollo del sector deportivo de acuerdo con las políticas del Gobierno Nacional.

 

PARAGRAFO.- Cuando se hable de la recreación en este plan y en lo referente al Sistema Nacional del Deporte se entiende incorporado el tiempo libre y la educación extraescolar de acuerdo con el artículo 51 de la presente Ley.