Derecho Deportivo Colombiano
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MINISTERIO DEL INTERIOR

DECRETO NÚMERO  079  DE 18 ENE  2012

 

"Por el  cual se reglamentan las Leyes 1445 y 1453 de 2011"

Capítulo I

Objeto

Artículo 3.  Recaudo de multas.  El  recaudo  de  las multas  de que tratan  las  Leyes  1445  y 1453 de 2011, estará a cargo del Departamento Administrativo del Deporte,  la  Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - COLDEPORTES, el cual dispondrá de un  término de seis (6)  meses,  contados a partir de la vigencia del presente decreto, para crear la  estructura  administrativa  necesaria para el  recaudo  y  cobro  de  los  dineros que por concepto de multas se generen.