Derecho Deportivo Colombiano
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DECRETO 1231

(JULIO 18 DE 1.995)

 

" Por el cual se establece el otorgamiento de estímulos académicos, económicos y de seguridad social para deportistas nacionales destacados en el ámbito nacional o internacional"

  

 

 

ARTICULO 1°.- En los términos y condiciones que establezca la Junta Directiva del Instituto Colombiano del Deporte Coldeportes, las Glorias del Deporte a que se refiere el articulo 45 de la Ley 181 de 1995 y que obtengan tal reconocimiento a partir de la vigencia del presente Decreto podrán ser beneficiarios de un subsidio oficial con cargo al presupuesto de dicho Instituto, hasta por la suma de cien (100) salarios mínimos legales vigentes, con destino a la adquisición de vivienda propia o para el pago de derechos de matricula y pensiones o la atención de gastos de sostenimiento para adelantar programas académicos de educación básica, de educación media o de educación superior, en instituciones nacionales o extranjeras.

 

PARAGRAFO.- El Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes podrá celebrar convenios con el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos ICETEX o con otras entidades públicas o privadas para el otorgamiento de este subsidio.