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1 | DEBIDO PROCESO, Vulneración por dilación injustificada e procesos adelantados por la Comisión del Estatuto del Jugador de la Dimayor | Sentencia T-740 2010 | 2 | DECISIÓN, En procesos para sancionar las conductas que violen las normas sobre seguridad y convivencia en los estadios | ArtÍculo 6 Decreto 79 2012 | 3 | DECISIÓN DE LA ASAMBLEA, Constituye una causal de disolución del organismo deportivo | ArtÍculo 42 Dcto 215 2000 | 4 | DECLARACIONES JURAMENTADAS, Como medio de prueba en procesos deportivos disciplinarios | ArtÍculo 36 Ley 49 1993 | 5 | DECODIFICACIÓN, Lo realiza, en caso de resultar positivo los resultados de las pruebas de control al dopaje, la federación o la comisión del evento | ArtÍculo 36 Dcto 875 2007 | 6 | DECRETO 1228 DE 1995, ARTÍCULO 13 | ArtÍculo 10 Ley 582 2000 | 7 | DECRETO 1228 DE 1995 ARTÍCULO 6 | ArtÍculo 1 Res 929 1996 | 8 | DECRETO 1280 de 1994, ARTÍCULOS 41 y 51 | ArtÍculo 78 Ley 181 1995 | 9 | DECRETO 1 DE 1984 | ArtÍculo 25 Ley 49 1993 | 10 | DECRETO 2743 DE 1968 | ArtÍculo 60 Ley 181 1995 | 11 | DECRETO 2845 DE 1984 | ArtÍculo 46 Dcto 1228 1995 | 12 | DECRETO 3158 DE 1984 | ArtÍculo 46 Dcto 1228 1995 | 13 | DECRETO 77 DE 1986 | ArtÍculo 70 Ley 181 1995 | 14 | DECRETO LEY 77 DE 1987, ARTÍCULO 23 | ArtÍculo 90 Ley 181 1995 | 15 | DEFENSOR DEL PUEBLO, O su delegado, de acuerdo con las necesidades, puede actuar como invitado, con voz pero sin voto a la Comisión Nacional de Seguridad, comodidad y Convivencia en el fútbol o el subdirector general o su delegado | ArtÍculo 2 Ley 1270 2009 | 16 | DEFENSOR DE OFICIO, Se le nombra al investigado si no comparece dentro de los términos | ArtÍculo 34 Ley 49 1993 | 17 | DEFENSORES DE OFICIO, Los tribunales deportivos de organismos deportivos deben formar las listas de personas que puedan ser designadas defensores de oficio | ArtÍculo 34 Ley 49 1993 | 18 | DELEGADOS DE BARRAS ORGANIZADAS, Invitados a participar en las comisiones locales de seguridad, comodidad y convivencia en el fútbol, con derecho a voz pero sin voto | ArtÍculo 7 Ley 1270 2009 | 19 | DELEGADOS DE LA PERSONERÍA LOCAL, Invitados a participar en las comisiones locales de seguridad, comodidad y convivencia en el fútbol, con derecho a voz pero sin voto | ArtÍculo 7 Ley 1270 2009 | 20 | DELEGADOS DE LAS BARRAS ORGANIZADAS, De acuerdo con las necesidades, puede actuar como invitado, con voz pero sin voto a la Comisión Nacional de Seguridad, comodidad y Convivencia en el fútbol o el subdirector general o su delegado | ArtÍculo 2 Ley 1270 2009 | 21 | DELEGADOS DE LOS FUTBOLISTAS PROFESIONALES, De acuerdo con las necesidades, puede actuar como invitado, con voz pero sin voto a la Comisión Nacional de Seguridad, comodidad y Convivencia en el fútbol o el subdirector general o su delegado | ArtÍculo 2 Ley 1270 2009 | 22 | DEMOCRATIZACIÓN, Principio del deporte, la recreación | ArtÍculo 4 Ley 181 1995 | 23 | DEMOCRATIZACIÓN DE LA PROPIEDAD DE CLUBES DEPORTIVOS | Sentencia C-713/98 | 24 | DEMOCRATIZACIÓN DEL DEPORTE | Sentencia C-802/00 | 25 | DENUNCIA PENAL, De las infracciones disciplinarias que constituyan un delito | ArtÍculo 27 Ley 49 1993 | 26 | DENUNCIAS ANTE COLDEPORTES, Requisitos que debe contener el escrito de denuncia dentro de procesos de inspección, control o vigilancia | ArtÍculo 4 Res 1821 2000 | 27 | DEPARTAMENTO, Facultados para administrar los recursos recaudados por la tasa pro deporte y recreación. | Artículo 1 Ley 2023 De 2020. | 28 | DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, Transformación de COLDEPORTES, de establecimiento público a Departamento Administrativo | ArtÍculo 1 Decreto 4183 2011 | 29 | DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN NACIONAL, Entidad obligada a la promoción de políticas sobre seguridad alimentaria y nutricional y actividad física. | ArtÍculo 3 Ley 1355 De Octubre 14 De 2009. | 30 | DEPARTAMENTOS, Elaboración del Plan Anual de Inversiones | ArtÍculo 56 Ley 181 1995 | 31 | DEPARTAMENTOS, Integración del transporte público con el transporte activo. | ArtÍculo 6 Ley 1355 De Octubre 14 De 2009. | 32 | DEPARTAMENTOS, La regulación del deporte a nivel seccional, le corresponde a las Asambleas Departamentales | ArtÍculo 300 ConstituciÓn PolÍtica | 33 | DEPARTAMENTOS, Oportunidades laborales a deportistas destacados | ArtÍculo 40 Ley 181 1995 | 34 | DEPARTAMENTOS, Promoción del transporte activo como prevención de la obesidad. | ArtÍculo 6 Ley 1355 De Octubre 14 De 2009. | 35 | DEPARTAMENTOS, Si cuentan con menos de 4 municipios, deben crear un solo ente deportivo que cumpla las funciones a nivel departamental y municipal | ArtÍculo 4 Dcto 1822 1996 | 36 | DEPARTAMENTOS: Posibilidad de contratar con los CAPF, para ejecutar programas de prevención, rehabilitación y control en salud | ArtÍculo 7 Ley 729 2001 | 37 | DEPORTE, 4% adicional a la tarifa del IVA del 16%, con destino a Deporte y Cultura | ArtÍculo 35 Ley 788 2002 | 38 | DEPORTE, Como derecho Económico, Social y Cultural, Función Social, Manifestaciones y regulación constitucional | ArtÍculo 52 ConstituciÓn PolÍtica | 39 | DEPORTE, Como derecho social | ArtÍculo 4 Ley 181 1995 | 40 | DEPORTE, Creación del Consejo Nacional | ArtÍculo 7 Decreto 4183 2011 | 41 | DEPORTE, Definición | ArtÍculo 15 Ley 181 1995 | 42 | DEPORTE, Del 4% adicional a la tarifa del IVA del 16%, con destino a Deporte y Cultura. El 75% del recaudo de este Impuesto se destina a COLDEPORTES | ArtÍculo 1 Dcto 3093 2003 | 43 | DEPORTE, Ejercicio | Sentencia C-758/02 | 44 | DEPORTE, El 20% de la publicidad estatal debe estar dirigida a su promoción y patrocinio | ArtÍculo 12 Ley 1445 2011 | 45 | DEPORTE, El día nacional en Colombia, se celebra el tercer domingo de septiembre de cada año | ArtÍculo 1 Ley 912 2004 | 46 | DEPORTE, Financiación del sistema a través del 4% adicional al IVA al servicio de telefonía móvil celular | Sentencia C-133 2012 | 47 | DEPORTE, Formas en que se desarrolla | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 48 | DEPORTE, Importancia | Sentencia T-410-99 | 49 | DEPORTE, Integración del sector | ArtÍculo 6 Decreto 4183 2011 | 50 | DEPORTE, Interés público | Sentencia C-802/00 | 51 | DEPORTE, Manifestaciones | Sentencia C-758/02 | 52 | DEPORTE, Modificación del porcentaje del sistema general de participación | ArtÍculo 14 Ley 1450 2011 | 53 | DEPORTE, Porcentaje de los recursos de participación de Propósito General | Sentencia C-077 2012 | 54 | DEPORTE, RECREACIÓN Y APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE, Derechos | Sentencia C-758/02 | 55 | DEPORTE, Regionalización y especialización, de acuerdo al perfil de la población | ArtÍculo 24 Ley 181 1995 | 56 | DEPORTE, Su regulación a nivel departamental, le corresponde a las Asambleas Departamentales | ArtÍculo 300 ConstituciÓn PolÍtica | 57 | DEPORTE AFICIONADO, Como medio para desarrollar el objeto del sistema nacional del deporte | ArtÍculo 49 Ley 181 1995 | 58 | DEPORTE AFICIONADO, Definición | ArtÍculo 16 Ley 181 1995 | 59 | DEPORTE AFICIONADO, Prohibición de remuneración | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 60 | DEPORTE ASOCIADO, Coordinado por el Comité Olímpico Colombiano | ArtÍculo 72 Ley 181 1995 | 61 | DEPORTE ASOCIADO, Definición | ArtÍculo 16 Ley 181 1995 | 62 | DEPORTE ASOCIADO, De personas con limitaciones, Definición | ArtÍculo 1 Ley 582 2000 | 63 | DEPORTE ASOCIADO, De personas con limitaciones, Ente rector | ArtÍculo 2 Ley 582 2000 | 64 | DEPORTE ASOCIADO, De personas con limitaciones, Finalidad | ArtÍculo 1 Ley 582 2000 | 65 | DEPORTE ASOCIADO, De Personas con limitaciones, sus organismos hacen parte del Sistema Nacional del Deporte, y son sujetos de inspección, Control y Vigilancia | ArtÍculo 2 Dcto 641 2001 | 66 | DEPORTE ASOCIADO, Facultades temporales al Presidente para revisar la estructura de sus organismos | ArtÍculo 89 Ley 181 1995 | 67 | DEPORTE ASOCIADO, Fines | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 68 | DEPORTE ASOCIADO, Niveles | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 69 | DEPORTE ASOCIADO, Objeto | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 70 | DEPORTE ASOCIADO DE PERSONAS CON DISCAPACIDADES, Facultades al Presidente para su reglamentación | ArtÍculo 9 Ley 582 2000 | 71 | DEPORTE ASOCIADO DE PERSONAS CON DISCAPACIDADES, Obligación de facilitar los escenarios y campos deportivos para su práctica | ArtÍculo 40 Ley 361 1997 | 72 | DEPORTE ASOCIADO DE PERSONAS CON DISCAPACIDADES, Porcentaje del impuesto a las ventas de la telefonía móvil con destino a este sector | ArtÍculo 136 Ley 812 2003 | 73 | DEPORTE ASOCIADO DE PERSONAS CON DISCAPACIDADES, Se destina ea este sector el 3% del total del recaudo del impuesto a las ventas para el deporte | ArtÍculo 1 Dcto 3093 2003 | 74 | DEPORTE ASOCIADO DE PERSONAS CON LIMITACIONES, Coordinación | ArtÍculo 7 Ley 582 2000 | 75 | DEPORTE ASOCIADO DE PERSONAS CON LIMITACIONES, Coordinado por el Comité Paralímpico Colombiano | ArtÍculo 72 Ley 181 1995 | 76 | DEPORTE ASOCIADO DE PERSONAS CON LIMITACIONES, Jerarquía, composición y funcionamiento de sus organismos según discapacidades | ArtÍculo 3 Ley 582 2000 | 77 | DEPORTE ASOCIADO DE PERSONAS CON LIMITACIONES, Se organiza por tipos de discapacidades | ArtÍculo 3 Ley 582 2000 | 78 | DEPORTE COMPETITIVO, Clubes deportivos de instituciones de educación superior | ArtÍculo 20 Ley 181 1995 | 79 | DEPORTE COMPETITIVO, Como medio para desarrollar el objeto del sistema nacional del deporte | ArtÍculo 49 Ley 181 1995 | 80 | DEPORTE COMPETITIVO, Creación y Naturaleza Jurídica del Consejo Nacional para el Deporte Competitivo y de alto rendimiento | ArtÍculo 1 Dcto 2166 1986 | 81 | DEPORTE COMPETITIVO, Definición | ArtÍculo 16 Ley 181 1995 | 82 | DEPORTE COMPETITIVO, El Comité Olímpico Colombiano formula, integra, coordina y evalúa las políticas, planes, programas y proyectos | ArtÍculo 73 Ley 181 1995 | 83 | DEPORTE COMPETITIVO, Manejo | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 84 | DEPORTE COMPETITIVO, Objetivo primordial | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 85 | DEPORTE COMPETITIVO, Promoción y Planificación | ArtÍculo 3 Ley 181 1995 | 86 | DEPORTE COMPETITIVO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDADES, Es coordinado por el Comité Paralímpico Colombiano | ArtÍculo 4 Ley 582 2000 | 87 | DEPORTE DE ALTO RENDIMIENTO, Clubes deportivos de instituciones de educación superior | ArtÍculo 20 Ley 181 1995 | 88 | DEPORTE DE ALTO RENDIMIENTO, Como medio para desarrollar el objeto del sistema nacional del deporte | ArtÍculo 49 Ley 181 1995 | 89 | DEPORTE DE ALTO RENDIMIENTO, Creación y Naturaleza Jurídica del Consejo Nacional para el Deporte Competitivo y de alto rendimiento | ArtÍculo 1 Dcto 2166 1986 | 90 | DEPORTE DE ALTO RENDIMIENTO, Definición | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 91 | DEPORTE DE ALTO RENDIMIENTO, El Comité Olímpico Colombiano formula, integra, coordina y evalúa las políticas, planes, programas y proyectos | ArtÍculo 73 Ley 181 1995 | 92 | DEPORTE DE ALTO RENDIMIENTO, Medios para lograr sus objetivos | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 93 | DEPORTE DE ALTO RENDIMIENTO, Orientación u Objetivos | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 94 | DEPORTE DE ALTO RENDIMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDADES, Es coordinado por el Comité Paralímpico Colombiano | ArtÍculo 4 Ley 582 2000 | 95 | DEPORTE DEL PATINAJE, Ejercicio se encuentra sometido a reglas fijadas por el Estado | Sentencia C-449/03 | 96 | DEPORTE FORMATIVO, Como medio para desarrollar el objeto del sistema nacional del deporte | ArtÍculo 49 Ley 181 1995 | 97 | DEPORTE FORMATIVO, Definición | ArtÍculo 16 Ley 181 1995 | 98 | DEPORTE NACIONAL DE COLOMBIA, El Tejo | ArtÍculo 1 Ley 613 2000 | 99 | DEPORTE PARA PERSONAS CON LIMITACIONES, Decreto Reglamentario | ArtÍculo 1 Dcto 641 2001 | 100 | DEPORTE PARA PERSONAS CON LIMITACIONES, Sus organismos deportivos hacen parte del sistema Nacional del Deporte | ArtÍculo 2 Dcto 641 2001 | 101 | DEPORTE PARA PERSONAS CON LIMITACIONES, Sus organismos deportivos son sujetos de inspección, Control y Vigilancia | ArtÍculo 2 Dcto 641 2001 | 102 | DEPORTE PROFESIONAL, Audiencia, pruebas, recursos, términos y multas en procesos por violación a las normas sobre violencia en los estadios | ArtÍculo 6 Decreto 79 2012 | 103 | DEPORTE PROFESIONAL, Como medio para desarrollar el objeto del sistema nacional del deporte | ArtÍculo 49 Ley 181 1995 | 104 | DEPORTE PROFESIONAL, Contenido de la decisión, en procesos por violación a las normas sobre violencia en los estadios | ArtÍculo 7 Decreto 79 2012 | 105 | DEPORTE PROFESIONAL, Contenido mínimo que debe tener el informe sobre listado de socios, asociados y accionistas para el control y procedencia de capitales | ArtÍculo 1 Decreto 3160 2011 | 106 | DEPORTE PROFESIONAL, Criterios para graduar la sanción, en procesos por violación a las normas sobre violencia en los estadios | ArtÍculo 8 Decreto 79 2012 | 107 | DEPORTE PROFESIONAL, Definición | ArtÍculo 16 Ley 181 1995 | 108 | DEPORTE PROFESIONAL, Dimensiones (1) | Sentencia C-320/97 | 109 | DEPORTE PROFESIONAL, Dimensiones (2) | Sentencia T-1136/00 | 110 | DEPORTE PROFESIONAL, El recaudo de las multas por violación a las normas sobre seguridad y convivencia en los estadios está a cargo de COLDEPORTES | ArtÍculo 3 Decreto 79 2012 | 111 | DEPORTE PROFESIONAL, En cada evento deportivo de carácter profesional, el alcalde dispondrá la presencia de un comisario de familia | ArtÍculo 10 Decreto 79 2012 | 112 | DEPORTE PROFESIONAL, Formas de constitución de los clubes con deportistas profesionales | ArtÍculo 1 Ley 1445 2011 | 113 | DEPORTE PROFESIONAL, Frente a la Constitución y su jurisprudencia.constitucional | Sentencia C-287 2012 | 114 | DEPORTE PROFESIONAL, Inspectores de policía y alcaldes son las autoridades competentes para imponer sanciones a quienes violen las normas de seguridad y convivencia en los estadios | ArtÍculo 2 Decreto 79 2012 | 115 | DEPORTE PROFESIONAL, Las sustancias químicas u objetos contundentes que sean incautados en los estadios por la Policía Nacional, se dejan a disposición del Alcalde, quien dispone su destrucción, donación o devolución | ArtÍculo 11 Decreto 79 2012 | 116 | DEPORTE PROFESIONAL, Los aportes efectuados a los clubes profesionales organizados como asociaciones o corporaciones sin ánimo de lucro no constituyen donaciones | Sentencia C-287 2012 | 117 | DEPORTE PROFESIONAL, Orden de comparendo, como inicio del procedimiento para imposición de multas por violación a las normas sobre seguridad y convivencia en los estadios | ArtÍculo 4 Decreto 79 2012 | 118 | DEPORTE PROFESIONAL, Procedimiento en caso de que la información reportada a la UIAF, sobre control y procedencia de capitales sea incompleta o inexacta | ArtÍculo 1 Decreto 3160 2011 | 119 | DEPORTE PROFESIONAL, Procedimiento para imponer sanciones a quienes violen las normas de seguridad y convivencia en los estadios | ArtÍculo 1 Decreto 79 2012 | 120 | DEPORTE PROFESIONAL, Reglamentación de las investigaciones sobre procedencia de capital a cargo de la UIAF | ArtÍculo 1 Decreto 3160 2011 | 121 | DEPORTE PROFESIONAL, Regulación legal adecuada | Sentencia C-320/97 | 122 | DEPORTE PROFESIONAL, Se rige por las normas internacionales de su federación | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 123 | DEPORTE PROFESIONAL, Traslado del infractor (menor de edad) ante el Comisario de Familia | ArtÍculo 9 Decreto 79 2012 | 124 | DEPORTE PROFESIONAL,Traslado del infractor ante el Inspector de Policía, dentro del procedimiento para imposición de sanciones por violación a las normas sobre violencia en los estadios | ArtÍculo 5 Decreto 79 2012 | 125 | DEPORTE RECREATIVO Y TERAPÉUTICO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDADES, Es coordinado por el Comité Paralímpico Colombiano | ArtÍculo 4 Ley 582 2000 | 126 | DEPORTES, Criterios jurídicos para vinculación de nuevos deportes | ArtÍculo 3 Res 1440 2007 | 127 | DEPORTES, Criterios y procedimientos para vinculación de nuevos deportes | ArtÍculo 2 Res 1440 2007 | 128 | DEPORTES, Procedimiento para el reconocimiento de una nueva disciplina en el Sistema Nacional | ArtÍculo 4 Res 1440 2007 | 129 | DEPORTES, Si se reúnen los requisitos técnicos y Jurídicos se expide resolución avalando el reconociendo del nuevo deporte | ArtÍculo 5 Res 1440 2007 | 130 | DEPORTES AUTÓCTONOS, Criterios y procedimientos para vinculación de nuevos deportes | ArtÍculo 2 Res 1440 2007 | 131 | DEPORTES COLECTIVOS, El número mínimo de deportistas para su constitución lo determina la federación respectiva | ArtÍculo 9 Res 929 1996 | 132 | DEPORTES CONVENCIONALES, Criterios jurídicos para vinculación de nuevos deportes | ArtÍculo 3 Res 1440 2007 | 133 | DEPORTES CONVENCIONALES, Criterios y procedimientos para vinculación de nuevos deportes | ArtÍculo 2 Res 1440 2007 | 134 | DEPORTES CONVENCIONALES, Procedimiento para el reconocimiento de una nueva disciplina en el Sistema Nacional del Deporte | ArtÍculo 4 Res 1440 2007 | 135 | DEPORTES CONVENCIONALES, Si se reúnen los requisitos técnicos y Jurídicos se expide resolución avalando el reconociendo del nuevo deporte | ArtÍculo 5 Res 1440 2007 | 136 | DEPORTES INDIVIDUALES, El número mínimo de deportistas para su constitución es de diez | ArtÍculo 9 Res 929 1996 | 137 | DEPORTE SOCIAL COMUNITARIO, Como medio para desarrollar el objeto del sistema nacional del deporte | ArtÍculo 49 Ley 181 1995 | 138 | DEPORTE SOCIAL COMUNITARIO, Definición | ArtÍculo 16 Ley 181 1995 | 139 | DEPORTE SOCIAL COMUNITARIO, Fines | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 140 | DEPORTES PARALÍMPICOS, Criterios jurídicos para vinculación de nuevos deportes | ArtÍculo 3 Res 1440 2007 | 141 | DEPORTES PARALÍMPICOS, Criterios y procedimientos para vinculación de nuevos deportes | ArtÍculo 2 Res 1440 2007 | 142 | DEPORTES PARALÍMPICOS, Procedimiento para el reconocimiento de una nueva disciplina en el Sistema Nacional del Deporte | ArtÍculo 4 Res 1440 2007 | 143 | DEPORTES PARALÍMPICOS, Requisitos que debe reunir un campeonato mundial, para que sus medallistas puedan acceder al reconocimiento del incentivo económico creado por la ley 1389 de 2.011, en deportes de conjunto | ArtÍculo 9 ResoluciÓn 351 2011 | 144 | DEPORTES PARALÍMPICOS, Si se reúnen los requisitos técnicos y Jurídicos se expide resolución avalando el reconociendo del nuevo deporte | ArtÍculo 5 Res 1440 2007 | 145 | DEPORTE UNIVERSITARIO, Como medio para desarrollar el objeto del sistema nacional del deporte | ArtÍculo 49 Ley 181 1995 | 146 | DEPORTE UNIVERSITARIO, Definición | ArtÍculo 16 Ley 181 1995 | 147 | DEPORTE UNIVERSITARIO, Regulación | ArtÍculo 17 Ley 181 1995 | 148 | DEPORTE Y CULTURA, Amplitud conceptual | Sentencia C-046/04 | 149 | DEPORTE Y RECREACIÓN, Competencias del municipio asignadas por la ley 715 de 2001 | ArtÍculo 76 Ley 715 2001 | 150 | DEPORTE Y RECREACIÓN, Distribución de los recursos de participación de propósito general | ArtÍculo 21 Ley 1176 2007 | 151 | DEPORTE Y RECREACIÓN COMO GASTO PUBLICO SOCIAL, No impide adscripción a Ministerio | Sentencia C-046/04 | 152 | DEPORTISTA, Notificación sobre los resultados de pruebas de control al dopaje | ArtÍculo 30 Ley 845 2003 | 153 | DEPORTISTA, Término para aclarar la situación, en caso de pruebas positivas o solicitar el análisis de la muestra -B- o contramuestra | ArtÍculo 31 Ley 845 2003 | 154 | DEPORTISTA, Término para efectuar observaciones al análisis de la muestra -b-, en caso de confirmación del análisis | ArtÍculo 35 Ley 845 2003 | 155 | DEPORTISTAS, Autoridades competentes para ordenar prueba de control al dopaje | ArtÍculo 3 Ley 845 2003 | 156 | DEPORTISTAS, Conductas que constituyen dopaje para los deportistas | ArtÍculo 16 Ley 845 2003 | 157 | DEPORTISTAS, Control médico | ArtÍculo 3 Ley 181 1995 | 158 | DEPORTISTAS, Convocatoria para la elección de su representante ante la Junta Directiva de COLDEPORTES | ArtÍculo 1 Dcto 2571 1998 | 159 | DEPORTISTAS, Criterios de reincidencia para deportistas por infracciones a las normas sobre control al dopaje en el extranjero | ArtÍculo 20 Ley 845 2003 | 160 | DEPORTISTAS, Debe hacer constar su aptitud médica para participar en una competencia | ArtÍculo 14 Ley 845 2003 | 161 | DEPORTISTAS, Deberes de los médicos ante la detección de hábitos de dopaje en un deportista | ArtÍculo 12 Ley 845 2003 | 162 | DEPORTISTAS, Expedición de licencias deportivas de ausencia de contraindicaciones para la práctica de la disciplina por parte de las Federaciones | ArtÍculo 10 Ley 845 2003 | 163 | DEPORTISTAS, Normas sobre seguridad en eventos deportivos | ArtÍculo 3 Ley 181 1995 | 164 | DEPORTISTAS, Obligatoriedad de someterse a controles al dopaje en las prácticas y competencias deportivas | ArtÍculo 2 Ley 845 2003 | 165 | DEPORTISTAS, Protocolo para la prescripción a deportistas de sustancias y métodos prohibidos | ArtÍculo 14 Ley 845 2003 | 166 | DEPORTISTAS, Sanciones a deportistas por infracciones a las normas sobre control al dopaje | ArtÍculo 19 Ley 845 2003 | 167 | DEPORTISTAS, Sanciones por negarse a la práctica del control al dopaje | ArtÍculo 21 Ley 845 2003 | 168 | DEPORTISTAS, Seguridad social | ArtÍculo 3 Ley 181 1995 | 169 | DEPORTISTAS, Si por prescripción médica debe ingerir una sustancia prohibida, queda inhabilitado para competencias | ArtÍculo 14 Ley 845 2003 | 170 | DEPORTISTAS, Sistema de estímulos e incentivos por contribución a lograr las metas del plan nacional del deporte | ArtÍculo 4 Ley 1289 2009 | 171 | DEPORTISTAS, Su evaluación y control medico, debe ser realizado por profesionales de la salud especializados en medicina deportiva | ArtÍculo 9 Ley 845 2003 | 172 | DEPORTISTAS, Un representante de ellos tiene asiento en la Junta Directiva de COLDEPORTES | ArtÍculo 62 Ley 181 1995 | 173 | DEPORTISTAS AFICIONADOS, Los comités ejecutivos de su club pueden negarse a autorizar su transferencia si con ello se afecta su participación en competencias oficiales | ArtÍculo 2.2.2. Decreto 1085 De 2015. | 174 | DEPORTISTAS AFICIONADOS, Pago de cuotas de afiliación, sostenimiento y participación en competencias, si son aprobadas en Asamblea | ArtÍculo 2.2.4. Decreto 1085 De 2015. | 175 | DEPORTISTAS AFICIONADOS, Para su registro ante un nuevo club deben contar con la autorización del organismo actual. | Articulo 2.2.1. Decreto 1085 De 2015. | 176 | DEPORTISTAS AFICIONADOS A PRUEBA EN CLUBES PROFESIONALES, Limite de participación en competencias profesionales o permanencia en plantilla | ArtÍculo 33 Ley 181 1995 | 177 | DEPORTISTAS AFICIONADOS MENORES DE EDAD, Transferencia entre clubes requieren firma de su representante legal | ArtÍculo 2.2.3. Decreto 1085 De 2015. | 178 | DEPORTISTAS BACHILLERES, Prioridad de prestar su servicio militar obligatorio en el servicio Cívico Deportivo | ArtÍculo 41 Ley 181 1995 | 179 | DEPORTISTAS COLOMBIANOS, Logros deportivos para acceder a la pensión vitalicia | ArtÍculo 1 Dcto 1083 1997 | 180 | DEPORTISTAS COLOMBIANOS CON RECONOCIMIENTOS OFICIALES, Mecanismos de estímulo de ingreso a universidades | ArtÍculo 43 Ley 181 1995 | 181 | DEPORTISTAS CON DISCAPACIDAD, Procedimiento para la toma de muestras de control al dopaje | ArtÍculo 25 Dcto 875 2007 | 182 | DEPORTISTAS CON RECONOCIMIENTOS OFICIALES, Planes de rehabilitación por drogadicción o alcoholismo | ArtÍculo 37 Ley 181 1995 | 183 | DEPORTISTAS CONVOCADOS A SELECCIONES DEPORTIVAS NACIONALES, Su inasistencia injustificada es considerada como infracción muy grave | ArtÍculo 11 Ley 49 1993 | 184 | DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL COMPETITIVO, Creación de programas de apoyo | ArtÍculo 2 Ley 1289 2009 | 185 | DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL COMPETITIVO, Creación de programas de apoyo para disciplinas reconocidas y vinculadas al sistema Nacional del Deporte | ArtÍculo 3 Ley 1289 2009 | 186 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, Articulación de fórmulas para hacer compatibles los estudios o la actividad laboral del deportista con su preparación o actividad deportiva | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 187 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, Celebración de convenios con empresas públicas y privadas para su ejercicio profesional | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 188 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, Derecho a Exención de requisitos académicos en carreras relacionadas con la educación física y los deportes | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 189 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, Derecho a Inclusión en algunos de los servicios de la seguridad social | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 190 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, Derecho a Reserva de cupos en facultades de educación física y de deportes | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 191 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, Derechos a prórroga y elección del sitio en donde preste el servicio militar | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 192 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, Facilidades para la preparación y entrenamientos necesarios para su participación en competencias | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 193 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, Medidas para facilitar su preparación | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 194 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, Medidas para incorporación al sistema educativo | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 195 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, Medidas para la integración social y profesional | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 196 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO, Mérito evaluable en procesos de selección de personal en entidades publicas | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 197 | DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO UNIVERSITARIOS, derecho a mecanismos para facilitar su ejercicio práctica en Universidades | ArtÍculo 21 Ley 181 1995 | 198 | DEPORTISTAS DE LA FEDERACIÓN DEPORTIVA MILITAR, Quedan en libertad al retirarse de la institución o terminar su servicio militar | ArtÍculo 11 Dcto 1228 1995 | 199 | DEPORTISTAS DE SELECCIONES OFICIALES, Licencias remuneradas para los integrantes de delegaciones oficiales reconocidas por COLDEPORTES | ArtÍculo 29 Dcto 1228 1995 | 200 | DEPORTISTAS DE SELECCIONES OFICIALES, Licencias Remuneradas y exención de tasa e impuestos de salida del país | ArtÍculo 29 Dcto 1228 1995 | 201 | DEPORTISTAS DE SELECCIONES OFICIALES, Tiene derecho a obtener el permiso de sus establecimientos para representar al país en eventos internacionales oficiales | ArtÍculo 30 Dcto 1228 1995 | 202 | DEPORTISTAS DESTACADOS, Acceso a programas especiales de crédito educativo | ArtÍculo 38 Ley 181 1995 | 203 | DEPORTISTAS DESTACADOS, constitucionalidad de la norma que crea el estímulo vitalicio de cuatro salarios mínimos mensuales a las glorias del deporte | Sentencia C-221 2011 | 204 | DEPORTISTAS DESTACADOS, Facultades temporales al Presidente para establecer estímulos | ArtÍculo 89 Ley 181 1995 | 205 | DEPORTISTAS DE TEJO, Tienen los mismos derechos de los demás deportistas | ArtÍculo 2 Ley 613 2000 | 206 | DEPORTISTAS DE TIRO Y CAZA, Es requisito para obtener el permiso de tenencia acreditar la afiliación a un club de tiro y caza deportiva | ArtÍculo 22 Dcto 2535 1993 | 207 | DEPORTISTAS DE TIRO Y CAZA DEPORTIVA, Autorizados para ceder armas deportivas entre deportistas de clubes afiliados a la Federación de Tiro y Caza Deportiva | ArtÍculo 45 Dcto 2535 1993 | 208 | DEPORTISTAS DE TIRO Y CAZA DEPORTIVA, Autorizados para compra de municiones para las armas deportivas cuya tenencia esté autorizada | ArtÍculo 66 Dcto 2535 1993 | 209 | DEPORTISTAS DE TIRO Y CAZA DEPORTIVA, Devolución de Armas | ArtÍculo 69 Dcto 2535 1993 | 210 | DEPORTISTAS DE TIRO Y CAZA DEPORTIVA, Los comandos de unidad operativa del Ejército Nacional Ejercen control sobre armas y municiones | ArtÍculo 67 Dcto 2535 1993 | 211 | DEPORTISTAS DE TIRO Y CAZA DEPORTIVA, Los comandos de unidad operativa del Ejército Nacional pueden ordenar su desafiliación del club | ArtÍculo 68 Dcto 2535 1993 | 212 | DEPORTISTAS DISCAPACITADOS, Sistema de estímulos | Sentencia T-340-10 | 213 | DEPORTISTAS EXTRANJEROS, Sanciones y notificaciones en caso de infracción a las normas sobre control al dopaje | ArtÍculo 22 Ley 845 2003 | 214 | DEPORTISTAS MEDALLISTAS EN CAMPEONATOS MUNDIALES, Derecho a pensión vitalicia | ArtÍculo 45 Ley 181 1995 | 215 | DEPORTISTAS MEDALLISTAS EN JUEGOS OLÍMPICOS, Derecho a pensión vitalicia | ArtÍculo 45 Ley 181 1995 | 216 | DEPORTISTAS MEDALLISTAS EN TORNEOS REGIONALES, Oportunidades laborales en municipios y departamentos | ArtÍculo 40 Ley 181 1995 | 217 | DEPORTISTAS MEDALLISTAS INTERNACIONALES, Estímulos | ArtÍculo 36 Ley 181 1995 | 218 | DEPORTISTAS MEDALLISTAS INTERNACIONALES, Exoneración de pago en establecimientos educativos públicos | ArtÍculo 39 Ley 181 1995 | 219 | DEPORTISTAS MEDALLISTAS INTERNACIONALES, Oportunidades laborales en municipios y departamentos | ArtÍculo 40 Ley 181 1995 | 220 | DEPORTISTAS NACIONALES, El Comité Olímpico Colombiano lleva el Registro para establecer su nivel y velar por su bienestar | ArtÍculo 74 Ley 181 1995 | 221 | DEPORTISTAS PROFESIONALES, Acción de tutela para dirimir diferencias en contratos de trabajo con sus clubes | Sentencia T-740 2010 | 222 | DEPORTISTAS PROFESIONALES, los pagos laborales no constitutivos de salario de las trabajadores particulares no podrán ser superiores al 40% del total de la remuneración | ArtÍculo 30 Ley 1393 2010 | 223 | DEPORTISTAS PROFESIONALES, Sin contrato de trabajo con su club, tienen la libertad de negociar con otros clubes | ArtÍculo 35 Ley 181 1995 | 224 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Asume los costos del análisis de la muestra -B- en otro laboratorio | ArtÍculo 28 Dcto 875 2007 | 225 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Declaración sobre medicamentos utilizados en las tres días anteriores al control | ArtÍculo 22 Dcto 875 2007 | 226 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Declara estar dispuesto para la toma de la muestra, permanencia en el área y solicitud y ofrecimiento de bebidas no alcohólicas | ArtÍculo 16 Dcto 875 2007 | 227 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Derecho a escoger entre los kits para toma de muestras de orina | ArtÍculo 17 Dcto 875 2007 | 228 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Firma el acta de toma de muestra y puede dejar consignado su inconformidad | ArtÍculo 15 Dcto 875 2007 | 229 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Notificación, término para su presentación, identificación, retraso y negativa al control | ArtÍculo 12 Dcto 875 2007 | 230 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Notificación del informe técnico emitido con base en los resultados del laboratorio | ArtÍculo 43 Dcto 875 2007 | 231 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Notificación y Observaciones al Acta de contranálisis de la muestra -B- | ArtÍculo 42 Dcto 875 2007 | 232 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Procedimiento para la apertura de la muestra -B- | ArtÍculo 39 Dcto 875 2007 | 233 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Recibe una copia del acta de toma de la muestra | ArtÍculo 14 Dcto 875 2007 | 234 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Requisitos para la solicitud del análisis de la muestra -B- | ArtÍculo 38 Dcto 875 2007 | 235 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Se le debe Notificar los resultados de los análisis de las muestras | ArtÍculo 37 Dcto 875 2007 | 236 | DEPORTISTAS SOMETIDOS AL CONTROL AL DOPAJE, Solicitud de análisis de la muestras -B- en otro laboratorio | ArtÍculo 28 Dcto 875 2007 | 237 | DERECHO A LA DEFENSA, Garantía procesal en las sanciones impuestas por el Director de COLDEPORTES | ArtÍculo 38 Dcto 1228 1995 | 238 | DERECHO A LA DEFENSA, Principio del régimen disciplinario deportivo | ArtÍculo 6 Ley 49 1993 | 239 | DERECHO A LA EDUCACIÓN, Postgrado en deporte y recreación | Sentencia C-008-96 | 240 | DERECHO A LA IGUALDAD DEL INTERNO, Vulneración en relación con espacio para deportes | Sentencia T-578/05 | 241 | DERECHO A LA INFORMACIÓN Y A LA PARTICIPACIÓN, Difusión de las normas sobre reglamentación del Deporte para personas con limitaciones en Colombia | ArtÍculo 20 Dcto 641 2001 | 242 | DERECHO A LA INTEGRIDAD FÍSICA, Actividades deportivas en cancha de fútbol | Sentencia T-082/98 | 243 | DERECHO A LA PRÁCTICA DEL DEPORTE (1) | Sentencia T-252/93 | 244 | DERECHO A LA PRÁCTICA DEL DEPORTE (2) | Sentencia T-498/94 | 245 | DERECHO A LA PRÁCTICA DEL DEPORTE (3) | Sentencia C-802/00 | 246 | DERECHO A LA PRÁCTICA DEL DEPORTE, Objeto de intervención estatal | Sentencia C-226/97 | 247 | DERECHO A LA PRÁCTICA DEL DEPORTE, Reconocimiento constitucional | Sentencia C-226/97 | 248 | DERECHO AL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE (1) | Sentencia C-317/98 | 249 | DERECHO AL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE (2) | Sentencia C-317/98 | 250 | DERECHO A LA RECREACIÓN (1) | Sentencia C-005-93 | 251 | DERECHO A LA RECREACIÓN (2) | Sentencia C-317/98 | 252 | DERECHO A LA RECREACIÓN (3) | Sentencia T-252/93 | 253 | DERECHO A LA RECREACIÓN (4) | Sentencia T-383/94 | 254 | DERECHO A LA RECREACIÓN (5) | Sentencia T-466-92 | 255 | DERECHO A LA RECREACIÓN, Alcance | Sentencia C-046/04 | 256 | DERECHO A LA RECREACIÓN, Construcción de Polideportivo | Sentencia T-383/94 | 257 | DERECHO A LA RECREACIÓN, Fundamental por conexidad | Sentencia T-410-99 | 258 | DERECHO A LA RECREACIÓN, Límites | Sentencia C-005-93 | 259 | DERECHO A LA RECREACIÓN, Uso de armas | Sentencia C-296/95 | 260 | DERECHO A LA RECREACIÓN DE MENORES DISMINUIDOS | Sentencia T-049/95 | 261 | DERECHO A LA RECREACIÓN Y AL DEPORTE DE LOS RECLUSOS, Uso de una cancha y gimnasio | Sentencia T-439/06 | 262 | DERECHO A LA TRANQUILIDAD PERSONAL Y FAMILIAR, Actividades deportivas en cancha de fútbol | Sentencia T-082/98 | 263 | DERECHO AL DEPORTE, Fundamental por conexidad | Sentencia T-410-99 | 264 | DERECHO AL DEPORTE | Sentencia C-317/98 | 265 | DERECHO AL DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Fundamental por conexidad con otros derechos de este rango | Sentencia C-449/03 | 266 | DERECHO AL TRABAJO DEL FUTBOLISTA, Entrega de derechos deportivos | Sentencia T-029/99 | 267 | DERECHO A RECLAMACIONES, Debe operar dentro de los procesos disciplinarios en eventos deportivos | ArtÍculo 25 Ley 49 1993 | 268 | DERECHO DE AUDIENCIA, Debe operar dentro de los procesos disciplinarios en eventos deportivos | ArtÍculo 25 Ley 49 1993 | 269 | DERECHO DE AUDIENCIA DEL ACUSADO, Principio del régimen disciplinario deportivo | ArtÍculo 6 Ley 49 1993 | 270 | DERECHOS DE LOS TRABAJADORES AGRARIOS, La recreación, Norma Constitucional | ArtÍculo 64 ConstituciÓn PolÍtica | 271 | DERECHOS DEPORTIVOS, Alcance | Sentencia T-123/98 | 272 | DERECHOS DEPORTIVOS, Definición | ArtÍculo 34 Ley 181 1995 | 273 | DERECHOS DEPORTIVOS, Ejercicio razonable (1) | Sentencia C-320/97 | 274 | DERECHOS DEPORTIVOS, Ejercicio razonable (2) | Sentencia T-029/99 | 275 | DERECHOS DEPORTIVOS, Legitimidad como sistema de compensación entre clubes | Sentencia T-029/99 | 276 | DERECHOS DEPORTIVOS, Límites constitucionales | Sentencia C-320/97 | 277 | DERECHOS DEPORTIVOS, Plazo para enviar la Información por parte de los clubes profesionales (transitorio) | ArtÍculo 26 Dcto 776 1996 | 278 | DERECHOS DEPORTIVOS, Requisitos para la transferencia de deportistas entre clubes | ArtÍculo 23 ResoluciÓn 231 2011 | 279 | DERECHOS DEPORTIVOS, Requisitos para su inscripción | ArtÍculo 32 Ley 181 1995 | 280 | DERECHOS DEPORTIVOS, Solicitud de deportista para participar en campeonato oficial | Sentencia T-410-99 | 281 | DERECHOS DEPORTIVOS, Titularidad en clubes o jugadores | Sentencia T-371/98 | 282 | DERECHOS DEPORTIVOS, Titularidad en jugadores (1) | Sentencia C-320/97 | 283 | DERECHOS DEPORTIVOS, Titularidad en jugadores (2) | Sentencia T-029/99 | 284 | DERECHOS DEPORTIVOS, Titularidad en jugadores (3) | Sentencia T-302/98 | 285 | DERECHOS DEPORTIVOS, Titularidad en jugadores (4) | Sentencia T-410-99 | 286 | DERECHOS DEPORTIVOS, Titularidad en jugadores | Sentencia T-029/99 | 287 | DERECHOS DEPORTIVOS, Transferencias de deportistas aficionados entre clubes, requisitos | ArtÍculo 2.2.1. Decreto 1085 De 2015. | 288 | DERECHOS DEPORTIVOS, Transferencias de deportistas aficionados menores de 18 años, requieren la firma de su representante legal | ArtÍculo 2.2.3. ArtÍculo 1085 De 2015. | 289 | DERECHOS DEPORTIVOS | Sentencia C-320/97 | 290 | DERECHOS DEPORTIVOS DE LOS JUGADORES, Registro | Sentencia T-123/98 | 291 | DERECHO SOCIAL, El deporte como | ArtÍculo 4 Ley 181 1995 | 292 | DEROGATORIAS DE LA LEY 181 DE 1995 | ArtÍculo 90 Ley 181 1995 | 293 | DESAFILIACIÓN, De clubes deportivos y promotores, casos en que se requiere proceso disciplinario previo | ArtÍculo 4 ResoluciÓn 231 2011 | 294 | DESAFILIACIÓN, De clubes deportivos y promotores, si la causal es incumplimiento en los pagos, es automática | ArtÍculo 4 ResoluciÓn 231 2011 | 295 | DESAFILIACIÓN, De clubes deportivos y promotores, si la causal es la aprobación de la Asamblea, es automática | ArtÍculo 4 ResoluciÓn 231 2011 | 296 | DESAFILIACIÓN AUTOMÁTICA DE ORGANISMOS DEPORTIVOS, Causales | ArtÍculo 19 Ley 49 1993 | 297 | DESAFILIACIÓN AUTOMÁTICA DE ORGANISMOS DEPORTIVOS, No requiere procedimiento ante el tribunal deportivo | ArtÍculo 19 Ley 49 1993 | 298 | DESAFILIACIÓN DECRETADA EN ASAMBLEA GENERAL, Causal de desafiliación automática de un organismo deportivo, de su organismo superior | ArtÍculo 19 Ley 49 1993 | 299 | DESCENSO DE CATEGORÍA DE CLUBES DEPORTIVOS, Tipo de sanción susceptible de ser impuesta en proceso deportivo disciplinario | ArtÍculo 19 Ley 49 1993 | 300 | DESCENTRALIZACIÓN, Norma que posibilitó la eliminación de los entes deportivos descentralizados | ArtÍculo 75 Ley 617 2000 | 301 | DESPACHO DEL DIRECTOR, Como parte de la estructura de COLDEPORTES | ArtÍculo 10 Decreto 4183 2011 | 302 | DESPACHO DEL DIRECTOR DE COLDEPORTES, Funciones | ArtÍculo 11 Decreto 4183 2011 | 303 | DESTITUCIÓN DEL CARGO, Sanciones para directivos en procesos deportivos disciplinarios | ArtÍculo 20 Ley 49 1993 | 304 | DESTITUCIÓN DEL CARGO PARA DIRIGENTES, Tipo de sanción susceptible de ser impuesta en proceso deportivo disciplinario | ArtÍculo 19 Ley 49 1993 | 305 | DÍA NACIONAL DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y EDUCACIÓN FÍSICA, Participantes en la celebración | ArtÍculo 2 Ley 912 2004 | 306 | DÍA NACIONAL DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y EDUCACIÓN FÍSICA, Se celebra el tercer domingo de septiembre de cada año | ArtÍculo 1 Ley 912 2004 | 307 | DÍA NACIONAL DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y EDUCACIÓN FÍSICA, Vinculación de COLDEPORTES | ArtÍculo 3 Ley 912 2004 | 308 | DIGNIDAD HUMANA DE DEPORTISTAS, Transferencia | Sentencia C-320/97 | 309 | DIMAYOR, Su Presidente o su delegado Integra la Comisión Nacional de Seguridad, comodidad y Convivencia en el fútbol | ArtÍculo 2 Ley 1270 2009 | 310 | DIRECCIÓN DE FOMENTO Y DESARROLLO DE COLDEPORTES, Funciones | ArtÍculo 17 Decreto 4183 2011 | 311 | DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, Como parte de la estructura de COLDEPORTES | ArtÍculo 10 Decreto 4183 2011 | 312 | DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE COLDEPORTES, Funciones | ArtÍculo 19 Decreto 4183 2011 | 313 | DIRECCIÓN DE LA OFICINA Y SITIO DE PRÁCTICAS DEL CLUB, Como requisito para el otorgamiento del reconocimiento deportivo de clubes deportivos y promotores | ArtÍculo 17 ResoluciÓn 231 2011 | 314 | DIRECCIÓN DE POSICIONAMIENTO Y LIDERAZGO DEPORTIVO, Como parte de la estructura de COLDEPORTES | ArtÍculo 10 Decreto 4183 2011 | 315 | DIRECCIÓN DE RECURSOS Y HERRAMIENTAS DEL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE (COLDEPORTES), Funciones | ArtÍculo 18 Decreto 4183 2011 | 316 | DIRECCIÓN DE RECURSOS Y HERRAMIENTAS DEL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Como parte de la estructura de COLDEPORTES | ArtÍculo 10 Decreto 4183 2011 | 317 | DIRECCIÓN GENERAL, Dentro de la estructura Orgánica de COLDEPORTES (Derogado) | ArtÍculo 1 Dcto 215 2000 | 318 | DIRECTIVOS DEPORTIVOS, Sanciones impuestas en procesos deportivos disciplinarios | ArtÍculo 20 Ley 49 1993 | 319 | DIRECTOR DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE DESASTRES, O su delegado, Integra la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos | ArtÍculo 3 Dcto 3888 2007 | 320 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Asiento en el Comité Técnico de los Juegos Deportivos del Caribe Colombiano | ArtÍculo 3 Ley 978 2005 | 321 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Atribuciones frente a los Clubes Profesionales | ArtÍculo 14 Dcto 776 1996 | 322 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Atribuciones sobre los organismos del Sistema Nacional del Deporte | ArtÍculo 37 Dcto 1228 1995 | 323 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Autoridad competente para ordenar pruebas de control al dopaje | ArtÍculo 3 Ley 845 2003 | 324 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Autoriza las solicitudes de análisis de las pruebas de control al dopaje | ArtÍculo 1 Dcto 875 2007 | 325 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Competencia y causales para la creación y reglamentación de un comité nacional para el fomento, promoción y organización de una disciplina deportiva | ArtÍculo 4 Dcto 515 1986 | 326 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Contra sus decisiones relativas a inspección, vigilancia y control solo procede la reposición | ArtÍculo 17 Dcto 776 1996 | 327 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Debe poner en conocimientos de las autoridades competentes los hechos que deban ser investigados por estas | ArtÍculo 38 Dcto 1228 1995 | 328 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Delegación presidencial de las facultades de inspección y vigilancia | ArtÍculo 84 Ley 181 1995 | 329 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Delegación presidencial de las funciones de INSPECCIÓN, vigilancia y control de los organismos del sistema nacional del deporte | ArtÍculo 2 Dcto 1227 1995 | 330 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Delegación presidencial de las funciones de vigilancia y control | ArtÍculo 1 Dcto 1227 1995 | 331 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Expide el certificado de idoneidad deportiva y administrativa de las federaciones deportivas nacionales, para ser sujetos de aportes de la entidad | ArtÍculo 5 Res 2158 2003 | 332 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Facultades sancionatorias a los organismos deportivos y sus directivos y administradores | ArtÍculo 38 Dcto 1228 1995 | 333 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Firma el fallo proyectado por la oficina de inspección, control y vigilancia de COLDEPORTES en los procesos adelantados por esa oficina | ArtÍculo 9 Res 1821 2000 | 334 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Forma parte de la Junta Directiva con derecho a voz pero sin voto | ArtÍculo 62 Ley 181 1995 | 335 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Funciones | ArtÍculo 11 Decreto 4183 2011 | 336 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Integra la Comisión Nacional de Seguridad, comodidad y Convivencia en el fútbol o el subdirector técnico del Sistema Nacional y proyectos especiales o su delegado | ArtÍculo 2 Ley 1270 2009 | 337 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Invitado Permanente a la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos | ArtÍculo 3 Dcto 3888 2007 | 338 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Le da traslado a su oficina de inspección, control y vigilancia de las quejas para su admisión o rechazo | ArtÍculo 3 Res 1821 2000 | 339 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Le ordena a su oficina de inspección, control y vigilancia para que inicie las investigaciones a que haya lugar | ArtÍculo 5 Res 1821 2000 | 340 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, O su delegado, conforma la Comisión Nacional Antidopaje y de Medicina Deportiva | ArtÍculo 6 Ley 845 2003 | 341 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, O su delegado, Conforma la Comisión Nacional Intersectorial de la Actividad Física | ArtÍculo 2 Dcto 2771 2008 | 342 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Participa de las deliberaciones del Consejo Nacional del Deporte con voz, pero sin voto | ArtÍculo 8 Decreto 4183 2011 | 343 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Procedimiento para la aplicación de la sanción de suspensión o revocatoria de reconocimiento deportivo a clubes profesionales | ArtÍculo 3 Res 284 2002 | 344 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Puede ordenar la suspensión o aplazamiento de eventos deportivos por desatención de normas deportivas, escenarios sin condiciones o cuando no se garantice la seguridad | ArtÍculo 31 Dcto 1228 1995 | 345 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Sanciones susceptibles de aplicarse en los procesos adelantados por la oficina de inspección, Control y vigilancia | ArtÍculo 10 Res 1821 2000 | 346 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Trámite del recurso de reposición contra la resolución que decide los procesos adelantados por la oficina de inspección, Control y vigilancia | ArtÍculo 11 Res 1821 2000 | 347 | DIRECTOR DE COLDEPORTES, Vinculación a la celebración del día nacional del deporte, la recreación y la educación física | ArtÍculo 3 Ley 912 2004 | 348 | DIRECTOR DE LA POLICÍA NACIONAL, Integra la Comisión Nacional de Seguridad, comodidad y Convivencia en el fútbol o el subdirector general o su delegado | ArtÍculo 2 Ley 1270 2009 | 349 | DIRECTOR DE LA POLICÍA NACIONAL, O su delegado, Integra la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos | ArtÍculo 3 Dcto 3888 2007 | 350 | DIRECTOR DE LOS SCOUTS DE COLOMBIA, Invitado Permanente a la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos | ArtÍculo 3 Dcto 3888 2007 | 351 | DIRECTOR DE PROGRAMA DE CONVIVENCIA EN EL DEPORTE, Invitados a participar en las comisiones locales de seguridad, comodidad y convivencia en el fútbol, con derecho a voz pero sin voto | ArtÍculo 7 Ley 1270 2009 | 352 | DIRECTOR GENERAL DE LA DEFENSA CIVIL COLOMBIANA, O su delegado, Integra la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos | ArtÍculo 3 Dcto 3888 2007 | 353 | DIRECTOR GENERAL DE SOCORRO NACIONAL DE LA CRUZ ROJA, Invitado Permanente a la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos | ArtÍculo 3 Dcto 3888 2007 | 354 | DIRECTOR GENERAL PARA LA PREVENCIÓN A ATENCIÓN A DESASTRES, O su delegado, Integra la Comisión Nacional de Seguridad, comodidad y Convivencia en el fútbol | ArtÍculo 2 Ley 1270 2009 | 355 | DIRECTOR LOCAL DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS Y DESASTRES, Conforma la Comisión Local de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el fútbol | ArtÍculo 7 Ley 1270 2009 | 356 | DIRIGENTES, Sistema de estímulos e incentivos por contribución a lograr las metas del plan nacional del deporte | ArtÍculo 4 Ley 1289 2009 | 357 | DIRIGENTES DEPORTIVOS, Enumeración de las conductas consideradas como infracciones muy graves | ArtÍculo 12 Ley 49 1993 | 358 | DIRIGENTES DEPORTIVOS, La experiencia de tres años, suple el requisito del curso de administración deportiva para acceder a ciertos cargos en organismos deportivos | ArtÍculo 4 Res 1947 2000 | 359 | DISCAPACIDAD, Participación en actividades deportivas de las personas con discapacidad. | Artículo 30 Ley 1346 De 2009. | 360 | DISCAPACIDAD, Requisitos que debe reunir un campeonato mundial, para que sus medallistas puedan acceder al reconocimiento del incentivo económico creado por la ley 1389 de 2.011, en deportes de conjunto | ArtÍculo 9 ResoluciÓn 351 2011 | 361 | DISCAPACITADOS, Actos discriminatorios por omisión de trato especial | Sentencia T-288 1995 | 362 | DISCAPACITADOS, Estado de indefensión frente a clubes profesionales organizadores de espectáculos públicos | Sentencia T-288 1995 | 363 | DISCAPACITADOS, Fomento de su vinculación en los programas de los Organismos del Sistema Nacional del Deporte | ArtÍculo 24 Ley 181 1995 | 364 | DISCAPACITADOS, Normas constitucionales y de derecho internacional | Sentencia T-288 1995 | 365 | DISCAPACITADOS, Políticas de previsión, rehabilitación e integración social | ArtÍculo 47 ConstituciÓn PolÍtica | 366 | DISCAPACITADOS, Porcentaje del 3% del recaudo total del impuesto adicional a las ventas de la telefonía móvil con destino a este sector | ArtÍculo 3 Dcto 3093 2003 | 367 | DISCAPACITADOS, Porcentaje del impuesto a las ventas de la telefonía móvil con destino a este sector | ArtÍculo 136 Ley 812 2003 | 368 | DISCAPACITADOS, Tienen un representante en la Junta Directiva del ente deportivo municipal | ArtÍculo 71 Ley 181 1995 | 369 | DISCAPACITADOS, Trato favorable o -diferenciación positiva justificada- | Sentencia T-288 1995 | 370 | DISCAPACITADOS, Tutela contra clubes profesionales por ubicación en graderías de los estadios | Sentenicia T-288 1995 | 371 | DISCAPACITADOS EN SILLAS DE RUEDAS, Facilidades de acceso a escenarios e instalaciones deportivas | ArtÍculo 42 Ley 181 1995 | 372 | DISCAPACITADOS EN SILLAS DE RUEDAS, Instalaciones sanitarias adecuadas en escenarios e instalaciones deportivas | ArtÍculo 42 Ley 181 1995 | 373 | DISCIPLINA DEPORTIVA | Sentencia C-099/96 | 374 | DISCIPLINAS DEPORTIVAS RECONOCIDAS, Creación de programas de apoyo a sus deportistas de alto nivel competitivo y con protección a él | ArtÍculo 3 Ley 1289 2009 | 375 | DISCRIMINACIÓN RACIAL, La participación en competiciones organizadas por países que la promuevan es considerada infracción muy grave | ArtÍculo 11 Ley 49 1993 | 376 | DISOLUCIÓN DE LA FEDERACIÓN DEPORTIVA, Causal de extinción de la responsabilidad disciplinaria deportiva | ArtÍculo 18 Ley 49 1993 | 377 | DISOLUCIÓN DE LA LIGA, Causal de extinción de la responsabilidad disciplinaria deportiva | ArtÍculo 18 Ley 49 1993 | 378 | DISOLUCIÓN DEL CLUB, Causal de extinción de la responsabilidad disciplinaria deportiva | ArtÍculo 18 Ley 49 1993 | 379 | DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS EN EL MUNICIPIO, Función del ente deportivo municipal | ArtÍculo 69 Ley 181 1995 | 380 | DISTRITOS, Uso gratuito de la infraestructura deportiva a organismos deportivos con usuarios de estratos 1,2, y 3. | ArtÍculo 1.- Ley 2395 De 2024, | 381 | DIVISIONES PROFESIONALES, Competencias de sus tribunales deportivos | ArtÍculo 8 Ley 49 1993 | 382 | DIVISIONES PROFESIONALES, Deben tener su Código Disciplinario Interno | ArtÍculo 9 Ley 49 1993 | 383 | DIVULGACIÓN, De la práctica del deporte, la recreación | ArtÍculo 1 Ley 181 1995 | 384 | DONACIONES, Elementos que constituyen el patrimonio de los organismos deportivos en Colombia | ArtÍculo 29 Dcto 215 2000 | 385 | DONACIONES, Fuentes de financiación de los entes deportivos departamentales | ArtÍculo 75 Ley 181 1995 | 386 | DONACIONES, Fuentes de financiación de los entes deportivos Municipales | ArtÍculo 75 Ley 181 1995 | 387 | DONACIONES A ORGANISMOS DEPORTIVOS, Reducción del Impuesto a la Renta del 125% del valor de la donación | ArtÍculo 76 Ley 181 1995 | 388 | DOPAJE, Acciones en ejercicio de las Facultades de inspección, Control y Vigilancia de COLDEPORTES en el control al dopaje en Colombia | ArtÍculo 38 Ley 845 2003 | 389 | DOPAJE, Aceptación de la normativa, por parte de los deportistas de un club, como requisito de funcionamiento de los clubes deportivos y promotores | ArtÍculo 11 ResoluciÓn 231 2011 | 390 | DOPAJE, Acreditación ante COLDEPORTES del personal autorizado para la toma de muestras | ArtÍculo 5 Dcto 875 2007 | 391 | DOPAJE, Acta de análisis a la muestra -B- o acta de contranálisis | ArtÍculo 32 Ley 845 2003 | 392 | DOPAJE, Acta de contranálisis | ArtÍculo 41 Dcto 875 2007 | 393 | DOPAJE, Acta de notificación de control en competencia | ArtÍculo 10 Dcto 875 2007 | 394 | DOPAJE, Archivo del proceso si el acta de análisis a la muestra -B- o acta de contraanálisis, no confirma el positivo | ArtÍculo 33 Ley 845 2003 | 395 | DOPAJE, Archivo del proceso si el acta de análisis a la muestra -B- o acta de contranálisis, no confirma el positivo | ArtÍculo 33 Ley 845 2003 | 396 | DOPAJE, Autoridades competentes para ordenar prueba de control al dopaje | ArtÍculo 3 Ley 845 2003 | 397 | DOPAJE, Autorización de las solicitudes de Análisis para las pruebas de control al dopaje, a cargo del director de COLDEPORTES | ArtÍculo 1 Dcto 875 2007 | 398 | DOPAJE, Causales de anulación de la muestra -B- | ArtÍculo 40 Dcto 875 2007 | 399 | DOPAJE, Certificado de entrega de Análisis de las muestras de control al dopaje, contenido | ArtÍculo 35 Dcto 875 2007 | 400 | DOPAJE, Código Mundial contra el Dopaje, Lista de sustancias prohibidas 2019 | CÓdigo Mundial Antidopaje, EstÁndar Internacional, Lista De Prohibiciones: VÁlida Del 1 De Enero Al 31 De Diciembre De 2024 | 401 | DOPAJE, COLDEPORTES puede requerir a cualquier deportista para un control al dopaje por fuera de una competencia | ArtÍculo 46 Dcto 875 2007 | 402 | DOPAJE, COLDEPORTES registra y carnetiza al personal autorizado para integrar los equipos de toma de muestras de control al dopaje | ArtÍculo 7 Dcto 875 2007 | 403 | DOPAJE, Como paso previo al Análisis debe efectuarse la supervisión de recepción de muestras | ArtÍculo 27 Dcto 875 2007 | 404 | DOPAJE, Comunicación de los resultados sobre pruebas al dopaje entre federaciones nacionales e internacionales | ArtÍculo 37 Ley 845 2003 | 405 | DOPAJE, Conductas que constituyen dopaje para los deportistas | ArtÍculo 16 Ley 845 2003 | 406 | DOPAJE, Conformación de la Comisión Nacional Antidopaje y Medicina Deportiva | ArtÍculo 6 Ley 845 2003 | 407 | DOPAJE, Conformación del equipo de toma de muestras, calidades e inhabilidades | ArtÍculo 6 Dcto 875 2007 | 408 | DOPAJE, Contenido del kit para toma de muestras de orina | ArtÍculo 17 Dcto 875 2007 | 409 | DOPAJE, Convención Internacional Contra el dopaje en el deporte (UNESCO), Adopción a la legislación interna | ArtÍculo 1 Ley 1207 2009 | 410 | DOPAJE, Criterios de reincidencia para deportistas por infracciones a las normas sobre control al dopaje en el extranjero | ArtÍculo 20 Ley 845 2003 | 411 | DOPAJE, Criterios para la designación de los atletas sometidos a las pruebas de control | ArtÍculo 8 Dcto 875 2007 | 412 | DOPAJE, Deber de guardar confidencialidad de las personas que intervengan el los análisis de las muestras de control al dopaje | ArtÍculo 34 Dcto 875 2007 | 413 | DOPAJE, Deber de informar a la Comisión Nacional sobre los casos positivos de dopaje | ArtÍculo 28 Ley 845 2003 | 414 | DOPAJE, Deber de los deportistas frente al consumo de sustancias prohibidas por prescripción médica | ArtÍculo 14 Ley 845 2003 | 415 | DOPAJE, Deber de los médicos de consignar los casos de dopaje en las historias clínicas de los deportistas | ArtÍculo 15 Ley 845 2003 | 416 | DOPAJE, Deberes de los médicos ante la detección de hábitos de dopaje en un deportista | ArtÍculo 12 Ley 845 2003 | 417 | DOPAJE, Definición | ArtÍculo 5 Ley 845 2003 | 418 | DOPAJE, Diligenciamiento del acta de toma de muestras | ArtÍculo 15 Dcto 875 2007 | 419 | DOPAJE, Diligenciamiento del Acta de Transporte de Muestras | ArtÍculo 23 Dcto 875 2007 | 420 | DOPAJE, Distribución de la muestra (1) | ArtÍculo 19 Dcto 875 2007 | 421 | DOPAJE, Distribución de la muestra (2) | ArtÍculo 20 Dcto 875 2007 | 422 | DOPAJE, El deportista debe declarar sobre medicamentos utilizados en las tres días anteriores al control | ArtÍculo 22 Dcto 875 2007 | 423 | DOPAJE, El director o gerente del ente deportivo departamental hace parte del consejo seccional de estupefacientes | ArtÍculo 40 Ley 845 2003 | 424 | DOPAJE, El Gobierno Nacional establece los procedimientos para la toma de muestras de control al dopaje | ArtÍculo 36 Ley 845 2003 | 425 | DOPAJE, El seguimiento médico a los deportistas es responsabilidad de los organismos deportivos de su correspondiente disciplina | ArtÍculo 9 Ley 845 2003 | 426 | DOPAJE, En los escenarios en donde se celebren competencias oficiales deben existir áreas de control al dopaje | ArtÍculo 3 Dcto 875 2007 | 427 | DOPAJE, Envío del acta de resultados de pruebas de control al dopaje, a la federación y decodificación de la identidad del deportista | ArtÍculo 29 Ley 845 2003 | 428 | DOPAJE, Expedición y Notificación de los resultados de los análisis de las muestras de control al dopaje | ArtÍculo 35 Dcto 875 2007 | 429 | DOPAJE, Expedición y publicación anual de la lista unificada de sustancias y métodos prohibidos en el deporte | ArtÍculo 7 Ley 845 2003 | 430 | DOPAJE, Finalidades de la ley de la lucha contra el dopaje | ArtÍculo 1 Ley 845 2003 | 431 | DOPAJE, Formalidades, requisitos y contenido del acta de toma de muestras | ArtÍculo 14 Dcto 875 2007 | 432 | DOPAJE, Funciones de la Comisión Nacional Antidopaje y Medicina Deportiva | ArtÍculo 8 Ley 845 2003 | 433 | DOPAJE, Informe a las autoridades competentes, si los hechos constituyen conductas sancionadas en la legislación penal Colombiana | ArtÍculo 26 Ley 845 2003 | 434 | DOPAJE, Informe técnico con base en los resultados del laboratorio | ArtÍculo 43 Dcto 875 2007 | 435 | DOPAJE, Infracciones muy graves dentro del código disciplinario del deporte, derivadas del dopaje | ArtÍculo 18 Ley 845 2003 | 436 | DOPAJE, Laboratorios autorizados para los análisis de las muestras | ArtÍculo 26 Dcto 875 2007 | 437 | DOPAJE, La Comisión Nacional Antidopaje y de Medicina deportiva, designa el personal autorizado para las pruebas a animales | ArtÍculo 24 Ley 845 2003 | 438 | DOPAJE, La Comisión Nacional Antidopaje y de Medicina Deportiva es el órgano que designa a los designar para la toma de muestras | ArtÍculo 11 Ley 845 2003 | 439 | DOPAJE, La identidad de los atletas a controlar no se conocerá antes de la finalización de la prueba o competencia | ArtÍculo 9 Dcto 875 2007 | 440 | DOPAJE, LISTA DE SUSTANCIAS PROHIBIDAS | CÓdigo Mundial Antidopaje, EstÁndar Internacional, Lista De Prohibiciones: VÁlida Del 1 De Enero Al 31 De Diciembre De 2024. | 441 | DOPAJE, Material para toma de muestras homologado por el Laboratorio para toma de muestras o por COLDEPORTES | ArtÍculo 17 Dcto 875 2007 | 442 | DOPAJE, Métodos aceptados para detección de sustancias prohibidas | ArtÍculo 32 Dcto 875 2007 | 443 | DOPAJE, Ningún atleta podrá abandonar las instalaciones deportivas hasta que se conozca la designación de los seleccionados para las pruebas de control al dopaje | ArtÍculo 9 Dcto 875 2007 | 444 | DOPAJE, Notificación al deportista, de los resultados de los análisis de las muestras de control al dopaje | ArtÍculo 37 Dcto 875 2007 | 445 | DOPAJE, Notificación al deportista sobre los resultados de pruebas de control al dopaje | ArtÍculo 30 Ley 845 2003 | 446 | DOPAJE, Notificación al deportista y Observaciones al Acta de contranálisis de la muestra -B- | ArtÍculo 42 Dcto 875 2007 | 447 | DOPAJE, Obligatoriedad de someterse a controles al dopaje en las prácticas y competencias deportivas | ArtÍculo 2 Ley 845 2003 | 448 | DOPAJE, Oportunidad del deportista para efectuar observaciones al análisis de la muestra -b-, en caso de confirmación del análisis | ArtÍculo 35 Ley 845 2003 | 449 | DOPAJE, Oportunidad del deportistas para aclarar la situación, en caso de pruebas positivas y procedimiento para el análisis de la muestra -B- | ArtÍculo 31 Ley 845 2003 | 450 | DOPAJE, Personal autorizado en el área de control al dopaje | ArtÍculo 13 Dcto 875 2007 | 451 | DOPAJE, Presentación del deportista al área de control al dopaje, termino, retraso, vigilancia y negativa al control | ArtÍculo 12 Dcto 875 2007 | 452 | DOPAJE, Procedimiento para la apertura de la muestra -B- | ArtÍculo 39 Dcto 875 2007 | 453 | DOPAJE, Procedimiento para la toma de muestras a deportistas con alguna discapacidad | ArtÍculo 25 Dcto 875 2007 | 454 | DOPAJE, Proceso Analítico de las Muestras, Causales de nulidad de la muestra | ArtÍculo 29 Dcto 875 2007 | 455 | DOPAJE, Proceso de toma de muestras, inicio | ArtÍculo 16 Dcto 875 2007 | 456 | DOPAJE, Prohibición de realizar documento gráfico o audiovisual del momento de la toma de la muestra | ArtÍculo 4 Dcto 875 2007 | 457 | DOPAJE, Prohibición de sustancias sicotrópicas en la actividad deportiva | ArtÍculo 23 Dcto 1108 1994 | 458 | DOPAJE, Pruebas por fuera de competencias, Análisis y comunicación de resultados | ArtÍculo 53 Dcto 875 2007 | 459 | DOPAJE, Pruebas por fuera de competencias, Citación al atleta y procedimiento para la toma de la muestra | ArtÍculo 51 Dcto 875 2007 | 460 | DOPAJE, Pruebas por fuera de competencias, Personal para la toma de las muestras | ArtÍculo 50 Dcto 875 2007 | 461 | DOPAJE, Pruebas por fuera de competencias, Procedimiento | ArtÍculo 48 Dcto 875 2007 | 462 | DOPAJE, Pruebas por fuera de competencias, Recolección y envío de la muestra | ArtÍculo 52 Dcto 875 2007 | 463 | DOPAJE, Pruebas por fuera de competencias, selección de atletas por sorteo o designación | ArtÍculo 47 Dcto 875 2007 | 464 | DOPAJE, Recolección de la muestra | ArtÍculo 18 Dcto 875 2007 | 465 | DOPAJE, Remisión de las muestras | ArtÍculo 24 Dcto 875 2007 | 466 | DOPAJE, Repetición de la muestra por sospecha de manipulación, por latos niveles de PH o baja densidad | ArtÍculo 21 Dcto 875 2007 | 467 | DOPAJE, Requisitos para que el deportista solicite el análisis de la muestra -B- | ArtÍculo 38 Dcto 875 2007 | 468 | DOPAJE, Responsables por dopaje diferentes a los deportistas | ArtÍculo 17 Ley 845 2003 | 469 | DOPAJE, Retiro del ejercicio profesional del personal médico que administre sustancias prohibidas | ArtÍculo 24 Dcto 1108 1994 | 470 | DOPAJE, Sanciones a deportistas por infracciones a las normas sobre control al dopaje | ArtÍculo 19 Ley 845 2003 | 471 | DOPAJE, Sanciones al personal técnico, por participar o tolerar conductas prohibidas en las normas de control al dopaje | ArtÍculo 25 Ley 845 2003 | 472 | DOPAJE, Sanciones a quienes consientan o suministren o sustancias prohibidas a animales que intervengan en competencias | ArtÍculo 23 Ley 845 2003 | 473 | DOPAJE, Sanciones por negarse a la práctica del control al dopaje | ArtÍculo 21 Ley 845 2003 | 474 | DOPAJE, Sanciones y notificaciones en caso de infracción a las normas sobre control al dopaje de deportistas extranjeros | ArtÍculo 22 Ley 845 2003 | 475 | DOPAJE, Si los resultados del laboratorio son positivos, la federación o comisión antidopaje del evento decodifica los resultados | ArtÍculo 36 Dcto 875 2007 | 476 | DOPAJE, Su promoción, incitación o utilización o la negativa a someterse a las pruebas son considerados como infracciones muy grave | ArtÍculo 11 Ley 49 1993 | 477 | DOPAJE, Sustancias a detectar para cada tipo de deporte, prohibición de análisis parciales | ArtÍculo 31 Dcto 875 2007 | 478 | DOPAJE, Término de conservación de las muestras en el laboratorio de control al dopaje | ArtÍculo 45 Dcto 875 2007 | 479 | DOPAJE, Término para la custodia de los documentos de los procesos analíticos de las muestras de control al dopaje es de 5 años | ArtÍculo 33 Dcto 875 2007 | 480 | DOPAJE, Término para mantener en custodia la muestra -B- en el laboratorio | ArtÍculo 30 Dcto 875 2007 | 481 | DOPAJE. | ArtÍculo 13 Ley 845 2003 | 482 | DOPAJE DE ANIMALES, La Comisión Nacional Antidopaje y de Medicina deportiva, designa el personal autorizado para las pruebas a animales | ArtÍculo 24 Ley 845 2003 | 483 | DOPAJE DE ANIMALES, Sanciones a quienes consientan o suministren o sustancias prohibidas a animales que intervengan en competencias | ArtÍculo 23 Ley 845 2003 | 484 | DROGADICCIÓN, Preparación sicológica y recuperación social a deportistas con reconocimientos oficiales | ArtÍculo 37 Ley 181 1995 |