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1 | SALUD, Protección a este derecho es la finalidad de la ley contra el dopaje | ArtÍculo 1 Ley 845 2003 | 2 | SALVAMENTO DE VOTO, De providencias en procesos disciplinarios, debe constar por escrito | ArtÍculo 39 Ley 49 1993 | 3 | SANCIONES DE CARÁCTER ECONOMICO, Tipos de sanciones susceptibles de ser impuestas | ArtÍculo 19 Ley 49 1993 | 4 | SANCIONES ECONÓMICAS, Dentro de los procesos deportivos disciplinarios a clubes deportivos profesionales | ArtÍculo 21 Ley 49 1993 | 5 | SANGRE, Requisitos para la recolección de muestras de control al dopaje | ArtÍculo 17 Dcto 875 2007 | 6 | SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, Apoyo financiero y centros de iniciación y formación deportiva, festivales y juegos intercolegiados | ArtÍculo 14 Ley 181 1995 | 7 | SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, Cumplimiento de objetivos de la ley general de educación | ArtÍculo 14 Ley 181 1995 | 8 | SECRETARÍA DE LA COMISIÓN TÉCNICA NACIONAL, Funciones | ArtÍculo 8 Dcto 2666 2004 | 9 | SECRETARÍA DEL COMITÉ NACIONAL DE RECREACIÓN, Funciones | ArtÍculo 7 Dcto 785 2006 | 10 | SECRETARÍA DE SALUD MUNICIPAL, Conforma el Puesto de Mando Unificado, para la atención de eventos de asistencia masiva de público | ArtÍculo 7 Dcto 3888 2007 | 11 | SECRETARÍA GENERAL, Como parte de la estructura de COLDEPORTES | ArtÍculo 10 Decreto 4183 2011 | 12 | SECRETARÍA GENERAL, Dentro de la estructura orgánica de COLDEPORTES | ArtÍculo 1 Dcto 215 2000 | 13 | SECRETARÍA GENERAL DE COLDEPORTES, Funciones | ArtÍculo 5 Dcto 215 2000 | 14 | SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN, Implementación de proyectos de formación y actualización para el mejoramiento de la calidad del área de Educación física, en asocio con los entes deportivos e instituciónes de educación superior | ArtÍculo 4 Ley 934 2004 | 15 | SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL, Programación de actividades de deporte en el sector educativo formal y no formal y en la educación superior, en asocio con COLDEPORTES | ArtÍculo 61 Ley 181 1995 | 16 | SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTALES, Posibilidad de celebrar convenios con centros universitarios que cuenten con programas de educación física o tecnologias en areas afines para la prestación de las prácticas profesionales en los centros de educación física y de formación deportiva | ArtÍculo 7 Ley 934 2004 | 17 | SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN MUNICIPAL, Programación de actividades de deporte en el sector educativo formal y no formal y en la educación superior, en asocio con COLDEPORTES | ArtÍculo 61 Ley 181 1995 | 18 | SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN MUNICIPALES, Posibilidad de celebrar convenios con centros universitarios que cuenten con programas de educación física o tecnologias en areas afines para la prestación de las prácticas profesionales en los centros de educación física y de formación deportiva | ArtÍculo 7 Ley 934 2004 | 19 | SECRETARÍAS MUNICIPALES DE SALUD, Vigilan y controlan a los CAPF, en materia de servicos de salud | ArtÍculo 5 Ley 729 2001 | 20 | SECRETARÍAS MUNICIPALES DE SALUD, Visitas de control a los CAPF | ArtÍculo 5 Ley 729 2001 | 21 | SECRETARIO DE DEPORTES, O su delegado, Conforma la Comisión Local de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el fútbol | ArtÍculo 7 Ley 1270 2009 | 22 | SECRETARIO DE TRIBUNALES DEPORTIVOS, Debe firmar las providencias de procesos disciplinarios | ArtÍculo 39 Ley 49 1993 | 23 | SECRETARIO GENERAL DE COLDEPORTES, Oficia como secretario de la de la Junta Directiva de COLDEPORTES | ArtÍculo 62 Ley 181 1995 | 24 | SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Puede actuar como delegado del Ministro ante la Junta Directiva de COLDEPORTES | ArtÍculo 62 Ley 181 1995 | 25 | SECTOR ADMINISTRATIVO del Deporte, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre. | Artículo 2.- Ley 1967 De 2019. | 26 | SECTOR EDUCATIVO MUNICIPAL, Tiene un representante en la Junta Directiva del ente deportivo municipal | ArtÍculo 71 Ley 181 1995 | 27 | SEGUIMIENTO MÉDICO A DEPORTISTAS, Expedición de las licencias deportivas de ausencia de contraindicaciones | ArtÍculo 10 Ley 845 2003 | 28 | SEGUIMIENTO MÉDICO A DEPORTISTAS, Realizado por profesionales de la salud especializados en medicina deportiva | ArtÍculo 9 Ley 845 2003 | 29 | SEGURIDAD DE PARTICIPANTES O ESPECTADORES EN EVENTOS DEPORTIVOS, Se puede suspender o aplazar su realización si no se garantiza | ArtÍculo 31 Dcto 1228 1995 | 30 | SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD, Estímulos a medallistas internacionales | ArtÍculo 36 Ley 181 1995 | 31 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, Audiencia, pruebas, recursos, términos y multas en procesos por violación a las normas sobre violencia en los estadios | ArtÍculo 6 Decreto 79 2012 | 32 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, Contenido de la decisión, en procesos por violación a las normas sobre violencia en los estadios | ArtÍculo 7 Decreto 79 2012 | 33 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, Criterios para graduar la sanción, en procesos por violación a las normas sobre violencia en los estadios | ArtÍculo 8 Decreto 79 2012 | 34 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, El recaudo de las multas por violación a estas normas, está a cargo de Coldeoprtes | ArtÍculo 3 Decreto 79 2012 | 35 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, En cada evento deportivo de carácter profesional, el alcalde dispondrá la presencia de un comisario de familia | ArtÍculo 10 Decreto 79 2012 | 36 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, Inspectores de Policía y alcaldes son las autoridades competentes para imponer las multas por violación a estas normas | ArtÍculo 2 Decreto 79 2012 | 37 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, Las sustancias químicas u objetos contundentes que sean incautados en los estadios por la Policía Nacional, se dejan a disposición del Alcalde, quien dispone su destrucción, donación o devolución | ArtÍculo 11 Decreto 79 2012 | 38 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, Orden de comparendo, como inicio del procedimiento para imposición de multas por violación a estas normas | ArtÍculo 4 Decreto 79 2012 | 39 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, Procedimiento para imponer las multas por violación a estas normas | ArtÍculo 1 Decreto 79 2012 | 40 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, Traslado del infractor (menor de edad) ante el Comisario de Familia | ArtÍculo 9 Decreto 79 2012 | 41 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, Traslado del infractor ante el Inspector de Policía, dentro del procedimiento para imposición de sanciones por violación a estas normas | ArtÍculo 5 Decreto 79 2012 | 42 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA EN ESTADIOS, Traslado del infractor ante el Inspector de Policía, dentro del procedimiento para imposición de sanciones por violación a las normas sobre violencia en los estadios | ArtÍculo 5 Decreto 79 2012 | 43 | SEGURO DE VIDA E INVALIDEZ, Estímulos a medallistas internacionales | ArtÍculo 36 Ley 181 1995 | 44 | SELECCIONES DEPORTIVAS NACIONALES, Su inasistencia injustificada a convocatorias es considerada como infracción muy grave | ArtÍculo 11 Ley 49 1993 | 45 | SELECCIONES NACIONALES OFICIALES, Licencias Remuneradas y exención de tasa e impuestos de salida del país | ArtÍculo 29 Dcto 1228 1995 | 46 | SELECCIONES NACIONALES OFICIALES, Los deportistas que las integran Tiene derecho a obtener el permiso de sus establecimientos educativos | ArtÍculo 30 Dcto 1228 1995 | 47 | SELECCIONES NACIONALES OFICIALES, Son las reconocidas por COLDEPORTES | ArtÍculo 28 Dcto 1228 1995 | 48 | SELECCIONES NACIONALES OFICIALES, Tienen prioridad en los planes de los organismos deportivos cuando representen al país en eventos internacionales | ArtÍculo 28 Dcto 1228 1995 | 49 | SEMINARIOS INTERNACIONALES, Licencias Remuneradas y exención de tasa e impuestos de salida del país | ArtÍculo 29 Dcto 1228 1995 | 50 | SENADO DE LA REPÚBLICA, Uno o varios integrantes de su Comisión Séptima Constitucional permanente, de acuerdo con las necesidades, puede actuar como invitado, con voz pero sin voto a la Comisión Nacional de Seguridad, comodidad y Convivencia en el fútbol o el subdirector general o su delegado | ArtÍculo 2 Ley 1270 2009 | 51 | SEPARACIÓN DE COMPONENTES CON TÉCNICAS CROMATOGRÁFICAS, Método de detección aceptado para detección de sustancias prohibidas en pruebas de control al dopaje | ArtÍculo 32 Dcto 875 2007 | 52 | SERVICIO MILITAR, Los deportistas de la federacion militar, quedan en libertad al terminar de prestarlo | ArtÍculo 11 Dcto 1228 1995 | 53 | SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO, Conformación del servicio cívico deportivo | ArtÍculo 41 Ley 181 1995 | 54 | SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO, Deportistas de alto rendimiento (Prorroga y elección del lugar en que lo preste) | ArtÍculo 44 Ley 181 1995 | 55 | SERVIDORES PÚBLICOS, Constituye causal de mala conducta el retardo en el giro del Impuesto a cigarrillos al ente deportivo departamental | ArtÍculo 79 Ley 181 1995 | 56 | SERVIDORES PÚBLICOS, Constituye causal de mala conducta el retardo u obstaculización del Plan de inversiones de los Entes Territoriales | ArtÍculo 57 Ley 181 1995 | 57 | SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO, Procede si pasados 60 días de la solicitud que hace un club profesional a COLDEPORTES para la revisión de su documento de constitución de un Club Profesional, no se contesta | ArtÍculo 6 Dcto 776 1996 | 58 | SÍMBOLO CULTURAL DE LA NACIÓN, El tejo constituye uno de ellos | ArtÍculo 2 Ley 613 2000 | 59 | SÍMBOLO OLÍMPICO, La titularidad de sus derechos recae sobre el Comité Olímpico Internacional | ArtÍculo 9 Dcto 2845 1984 | 60 | SÍMBOLOS OLÍMPICOS, La titularidad de sus derechos recae sobre el Comité Olímpico Internacional | ArtÍculo 9 Dcto 2845 1984 | 61 | SINDEP, Diligenciamiento de la información requerida , Como parte de los requisitos de orden administrativo que deben cumplir las Federaciones para Deportivas Nacionales con el objeto de ser consideradas sujetos de aportes de COLDEPORTES | ArtÍculo 2 Res 2158 2003 | 62 | SISTEMA DE ESTÍMULOS, Para deportistas discapacitados | Sentencia T-340-10 | 63 | SISTEMA DE INFORMACIÓN, De personas que cometan actos violentos en los espectáculos deportivos, su creación es funcion de la COMISION PARA LA SEGURIDAD, COMODIDAD Y CONVIVENCIA EN EL FÚTBOL | ArtÍculo 3 Ley 1270 2009 | 64 | SISTEMA EDUCATIVO, Integración con actividades físicas, deportivas y recreativas | ArtÍculo 3 Ley 181 1995 | 65 | SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN, Destino de los recursos de participación de próposito general a favor del deporte | ArtÍculo 14 Ley 1450 2011 | 66 | SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES, Fuentes de Financiación de los entes deportivos departamentales | ArtÍculo 75 Ley 181 1995 | 67 | SISTEMA NACIONAL DE BOMBEROS DE COLOMBIA, Con representación en la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos | ArtÍculo 3 Dcto 3888 2007 | 68 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, COLDEPORTES como Máximo ente planificador, rector y Director | ArtÍculo 61 Ley 181 1995 | 69 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Conformación | ArtÍculo 50 Ley 181 1995 | 70 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Criterios Jurídicos para vinculación de nuevos deportes | ArtÍculo 3 Res 1440 2007 | 71 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Criterios y procedimientos para vinculación de nuevos deportes | ArtÍculo 1 Res 1440 2007 | 72 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Definición | ArtÍculo 46 Ley 181 1995 | 73 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Desarrollo de su objeto | ArtÍculo 49 Ley 181 1995 | 74 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Es dirigido, coordinado por el Ministerio de Cultura | ArtÍculo 6 Dcto 1746 2003 | 75 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Integración funcional de sus organismos para el cumplimiento de sus objetivos | ArtÍculo 20 Dcto 1228 1995 | 76 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Investigaciones en ejercicio de la facultad de inspección, control y vigilancia | ArtÍculo 1 Res 358 2008 | 77 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN | ArtÍculo 2 Ley 181 1995 | 78 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Niveles jerárquicos | Sentencia C-802/00 | 79 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Objetivos (1) | Sentencia C-758/02 | 80 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Objetivos (2) | Sentencia C-758/02 | 81 | SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, Organismos que hacen parte | Sentencia C-758/02 | 82 | SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES, Elaboración de Planes instituciónales para atención de eventos de asistencia masiva de público | ArtÍculo 20 Dcto 3888 2007 | 83 | SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES, La logística instituciónal para eventos de afluencia masiva de público se debe manejar con las entidades afiliadas | ArtÍculo 19 Dcto 3888 2007 | 84 | SISTEMA PARALÍMPICO INTERNACIONAL | ArtÍculo 2 Ley 582 2000 | 85 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Base Gravable. | Artículo 7 Ley 2023 De 2020. | 86 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Contratos y convenios exentos. Artículo 4 LEY 2023 DE 2020. | Artículo 4 Ley 2023 De 2020. | 87 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Cuenta maestra especial y transferencia. | Artículo 9 Ley 2023 De 2020. | 88 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Destinación de por lo menos el 20% para transporte y refrigerio de niños y jóvenes en condición de pobreza y vulnerabilidad afiliados a clubes deportivos. | Artículo 3 Ley 2023 De 2020. | 89 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Fiscalización a cargo de las Contralorías. | Artículo 10 Ley 2023 De 2020. | 90 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Formatos para su recaudo. | Artículo 9 Ley 2023 De 2020. | 91 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Los recursos recaudados por este concepto se destinan para el apoyo a programas de infraestructura deportiva. | Artículo 2 Ley 2023 De 2020. | 92 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Los recursos recaudados por este concepto se destinan para el apoyo a programas de promoción de hábitos de alimentación sana y saludable. | Artículo 2 Ley 2023 De 2020. | 93 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Los recursos recaudados por este concepto tienen destinación específica. | Artículo 2 Ley 2023 De 2020. | 94 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Sujeto Activo. | Artículo 5 Ley 2023 De 2020. | 95 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Sujeto Pasivo. | Artículo 6 Ley 2023 De 2020. | 96 | SOBRETASA PRO DEPORTE Y LA RECREACIÓN, Tarifa. | Artículo 8 Ley 2023 De 2020. | 97 | SOCIEDADES ANÓNIMAS, Deber de los clubes profesionales constituidos como tal, de enviar copia de la resolución que otorga reconocimiento deportivo a la Cámara de Comercio | ArtÍculo 6 Ley 1445 2011 | 98 | SOCIEDADES ANÓNIMAS, Los clubes profesionales constituídos de esta forma deben tener reconocimiento deportivo para desarrollar sus actividades | ArtÍculo 5 Dcto 776 1996 | 99 | SOCIEDADES ANÓNIMAS, Modalidad de asociación para conformación de clubes con deportistas profesionales | ArtÍculo 1 Ley 1445 2011 | 100 | SOCIEDADES ANÓNIMAS, Procedimiento para la conversión de los clubes con deportistas profesionales | ArtÍculo 5 Ley 1445 2011 | 101 | SOCIEDADES ANÓNIMAS, Requisitos para la conversión de los clubes con deportistas profesionales | ArtÍculo 5 Ley 1445 2011 | 102 | SOLICITUD A TRIBUNALES DEPORTIVOS DE SUSPENDER O RETIRAR DEL CARGO A AUTORIDADES DE ORGANISMOS DEPORTIVOS, Como un medio para ejercer la inspección, vigilancia y control | ArtÍculo 39 Dcto 1228 1995 | 103 | SOLICITUD DE AFILIACIÓN, De deportistas menores de edad a clubes deportivos y promotores, es firmada por su representante legal | ArtÍculo 5 ResoluciÓn 231 2011 | 104 | SOLICITUD DE AFILIACIÓN, Requisito para la afiliación de deportistas a clubes deportivos y promotores | ArtÍculo 5 ResoluciÓn 231 2011 | 105 | SOLICITUD DE ANÁLISIS DE CONTROL AL DOPAJE, Las autoriza el director de COLDEPORTES o quien este delegue | ArtÍculo 1 Dcto 875 2007 | 106 | SOLICITUD DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS, Como un medio para ejercer la inspección, vigilancia y control | ArtÍculo 39 Dcto 1228 1995 | 107 | SOLICITUD DEL REPRESENTANTE LEGAL, Como requisito para el otorgamiento del reconocimiento deportivo de clubes de entidades no deportivas | ArtÍculo 17 ResoluciÓn 231 2011 | 108 | SOLICITUD DEL REPRESENTANTE LEGAL, Como requisito para el otorgamiento del reconocimiento deportivo de clubes deportivos y promotores | ArtÍculo 17 ResoluciÓn 231 2011 | 109 | SOMETIMIENTO DEPORTIVO, Deben firmarlo las personas que deseen ingresar a los clubes deportivos y promotores | ArtÍculo 4 Res 929 1996 | 110 | SOMETIMIENTO DEPORTIVO, Suscrito por el deportista, como requisito para su afiliación a clubes deportivos y promotores | ArtÍculo 5 ResoluciÓn 231 2011 | 111 | SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, Dentro de la estructura Orgánica de COLDEPORTES (Derogado) | ArtÍculo 1 Dcto 215 2000 | 112 | SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DE COLDEPORTES, Funciones (Derogado) | ArtÍculo 8 Dcto 215 2000 | 113 | SUBDIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, El Coordinador del Sector Recreativo, desempeña la función de secretaría del Comité Nacional de Recreación | ArtÍculo 6 Dcto 785 2006 | 114 | SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y APOYO TECNOLÓGICO AL SISTEMA NACIONAL, Dentro de la estructura Orgánica de COLDEPORTES (Derogado) | ArtÍculo 1 Dcto 215 2000 | 115 | SUBDIRECCION DE PLANEACION Y APOYO TECNOLOGICO DE COLDEPORTES, Funciones | ArtÍculo 7 Dcto 215 2000 | 116 | SUBDIRECCIÓN FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA DE COLDEPORTES, emite el concepto de viabilidad para el certificado de idoneidad a lasFederaciones Deportivas Nacionales | ArtÍculo 3 Res 2158 2003 | 117 | SUBDIRECCIÓN GENERAL, Como parte de la estructura de COLDEPORTES | ArtÍculo 10 Decreto 4183 2011 | 118 | SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COLDEPORTES, Funciones | ArtÍculo 15 Decreto 4183 2011 | 119 | SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DEL SISTEMA, Comprueba y valora la capacidad deportiva, para el certificado de idoneidad a las Federaciones Deportivas Nacionales | ArtÍculo 4 Res 2158 2003 | 120 | SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL Y PROYECTOS ESPECIALES DE COLDEPORTES, Funciones | ArtÍculo 6 Dcto 215 2000 | 121 | SUBDIRECTOR DEL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE Y PROYECTOS ESPECIALES DE COLDEPORTES, Integra el Comité Nacional de Recreación | ArtÍculo 1 Dcto 785 2006 | 122 | SUBDURECCIÓN TÉCNICA DEL SISTEMA NACIONAL Y PROYECTOS ESPECIALES, Dentro de la estructura Orgánica de COLDEPORTES | ArtÍculo 1 Dcto 215 2000 | 123 | SUBSIDIARIEDAD, Principio constitucional para el ejercicio de las competencias entre los entes territoriales | ArtÍculo 288 ConstituciÓn PolÍtica | 124 | SUBSIDIO DE VIVIENDA A GLORIAS DEL DEPORTE, Por un monto de 100 salarios mínimos mensuales | ArtÍculo 1 Dcto 1231 1995 | 125 | SUBSIDIO EDUCATIVO A GLORIAS DEL DEPORTE, Convenios entre COLDEPORTES y el Icetex para su otorgamiento | ArtÍculo 1 Dcto 1231 1995 | 126 | SUBSIDIO EDUCATIVO O DE VIVIENDA A GLORIAS DEL DEPORTE, La Junta Directiva de COLDEPORTES Reglamenta la concesión de este beneficio | ArtÍculo 1 Dcto 1231 1995 | 127 | SUBSIDIOS, Elementos que constituyen el patrimonio de los organismos deportivos en Colombia | ArtÍculo 29 Dcto 215 2000 | 128 | SUBSIDIOS A GLORIAS DEL DEPORTE, Puede tener destino a financiar vivienda o programas educativos | ArtÍculo 1 Dcto 1231 1995 | 129 | SUPÉRATE, Estrategia de inserción social dirigida de forma prioritaria a poblaciones en situación de vulnerabilidad, en condición de desplazamiento forzado y en proceso de reintegración social | ArtÍculo 174 Ley 1450 20 | 130 | SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Control de la procedencia de los capitales que conforman los clubes deportivos profesionales | ArtÍculo 31 Ley 181 1995 | 131 | SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Cruce de documentación con COLDEPORTES sobre clubes profesionales | ArtÍculo 23 Dcto 776 1996 | 132 | SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Facultad de requerir a los ACCIÓNistas de Clubes Profesionales sobre el origen de sus capitales o patrimonio | ArtÍculo 20 Dcto 776 1996 | 133 | SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Fija términos que deben ser acatados para atender sus requerimientos sobre información de clubes profesionales | ArtÍculo 24 Dcto 776 1996 | 134 | SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Funciones a desempeñar en el proceso de recuperación de los clubes deportivos profesionales | ArtÍculo 9 Ley 1445 2011 | 135 | SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Funciones de Inspección, Control y Vigilancia en materia societaria, sobre los clubes con deportistas profesionales | ArtÍculo 10 Ley 1445 2011 | 136 | SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Funciones de inspección, Vigilancia y Control sobre los Clubes Profesionales | ArtÍculo 1 Dcto 776 1996 | 137 | SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Los clubes profesionales deben reportarle sobre los datos de las personas que realicen negociaciones con acciones o títulos de aportación | ArtÍculo 21 Dcto 776 1996 | 138 | SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Periodicidad de informes que deben rendir los clubes profesionales sobre negociación de sus acciones o títulos de aportación. | ArtÍculo 22 Dcto 776 1996 | 139 | SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Puede requerir a los clubes profesionales información sobre procedencia de capitales de sus accionistas | ArtÍculo 3 Ley 1445 2011 | 140 | SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Solicitud de COLDEPORTES sobre la procedencia del capital de los clubes profesionales | ArtÍculo 8 Dcto 776 1996 | 141 | SUPERINTENDENTE DE SUBSIDIO FAMILIAR, O su Jefe de Servicios Sociales como su delegado, Integra el Comité Nacional de Recreación | ArtÍculo 1 Dcto 785 2006 | 142 | SUPERVISION DE RECEPCIÓN DE MUESTRAS, Paso previo requerido para el análisis de las muestras | ArtÍculo 27 Dcto 875 2007 | 143 | SUSPENSIÓN DE ACTOS IMPUGNADOS, Se puede solicitar en el escrito de queja o denuncia en procesos adelantados por la Oficina de inspección, control y vigilancia en COLDEPORTES | ArtÍculo 7 Res 1821 2000 | 144 | SUSPENSIÓN DE EVENTOS DE AFLUENCIA MASIVA DE PÚBLICO, Medida preventiva, por la inobservancia de las normas y reglas que rigen la materia | ArtÍculo 24 Dcto 3888 2007 | 145 | SUSPENSIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS, Como un medio para ejercer la inspección, vigilancia y control | ArtÍculo 39 Dcto 1228 1995 | 146 | SUSPENSIÓN DE HASTA 5 AÑOS, Tipo de sanción susceptible de ser impuesta en proceso deportivo disciplinario | ArtÍculo 19 Ley 49 1993 | 147 | SUSPENSIÓN DE LA AFILIACIÓN, Sanción temporal aplicable en los procesos disciplinarios deportivos | ArtÍculo 19 Ley 49 1993 | 148 | SUSPENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DEPORTIVO, Causales | ArtÍculo 19 Dcto 1228 1995 | 149 | SUSPENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DEPORTIVO, Causales para la imposición de esta sanción | ArtÍculo 9 Dcto 407 1996 | 150 | SUSPENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DEPORTIVO, Formalidades del acto administrativo | ArtÍculo 14 Dcto 407 1996 | 151 | SUSPENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DEPORTIVO, Término de esta sanción a clubes deportivos profesionales | ArtÍculo 11 Dcto 776 1996 | 152 | SUSPENSIÓN DE PERSONERÍA JURÍDICA, Procedimiento para su suspensión o revocatoria, por omision de disposiciones legales o faltas graves de clubes profesionales | ArtÍculo 2 Res 284 2002 | 153 | SUSPENSIÓN DE PERSONERÍA JURÍDICA, Procedimiento para su suspensión o revocatoria, por omision de solicitar inscripcion de cambios en estatutos o directivos de clubes profesionales | ArtÍculo 2 Res 284 2002 | 154 | SUSPENSIÓN DE RECONOCIMIENTO DEPORTIVO, Procedimiento para su suspensión o revocatoria, por omision de disposiciones legales o faltas graves de clubes profesionales | ArtÍculo 2 Res 284 2002 | 155 | SUSPENSIÓN DE RECONOCIMIENTO DEPORTIVO, Procedimiento para su suspensión o revocatoria, por omision de solicitar inscripcion de cambios en estatutos o directivos | ArtÍculo 2 Res 284 2002 | 156 | SUSPENSIÓN DE RECONOCIMIENTO DEPORTIVO, Procedimiento para su suspensión o revocatoria, por omision de solicitar inscripcion de cambios en estatutos o directivos de clubes profesionales | ArtÍculo 2 Res 284 2002 | 157 | SUSPENSIÓN DE SU RECONOCIMIENTO DEPORTIVO, Causal de desafiliación automática de un organismo deportivo, de su organismo superior | ArtÍculo 19 Ley 49 1993 | 158 | SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DEPORTIVO, Como sanción impuesta por el Director de Coldeortes a los Organismos deportivos | ArtÍculo 38 Dcto 1228 1995 | 159 | SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE PERSONERIA JURÍDICA, Como sanción impuesta por el Director de COLDEPORTES a los Organismos deportivos | ArtÍculo 38 Dcto 1228 1995 | 160 | SUSPENSIÓN O REVOCATORIA DEL RECONOCIMIENTO DEPORTIVO, Causales para la aplicación de estas sanciones a clubes deportivos profesionales | ArtÍculo 11 Dcto 776 1996 | 161 | SUSPENSIÓN O REVOCATORIA DEL RECONOCIMIENTO DEPORTIVO, Como sanción impuesta a clubes deportivos profesionales | ArtÍculo 15 Dcto 776 1996 | 162 | SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE LA CLAUSURA DEL RECINTO DEPORTIVO, Procede a petición de parte en los procesos deportivos disciplinarios | ArtÍculo 19 Ley 49 1993 | 163 | SUSPENSIÓN TEMPORAL, Sanciones para directivos en procesos deportivos disciplinarios | ArtÍculo 20 Ley 49 1993 | 164 | SUSTANCIAS QUÍMICAS, Que sean incautadas en los estadios por la Policía Nacional, se dejan a disposición del Alcalde, quien dispone su destrucción, donación o devolución | ArtÍculo 11 Decreto 79 2012 | 165 | SUSTANCIAS Y MÉTODOS PROHIBIDOS, Son las establecidas por el Comité Olimpico Internacional y las Federaciones Internacionales Respectivas | ArtÍculo 49 Dcto 875 2007 | 166 | SUSTITUCIÓN PENSIONAL, No procede para la Pensión Vitalicia a las glorias del deporte | ArtÍculo 7 Dcto 1083 1997 |